Origen de la Jefatura Central de Tráfico

por | Sep 30, 2023

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Origen de la Jefatura Central de Tráfico

 

Direccion general de trafico. Jefatura Central de Tráfico

Origen de la Jefatura Central de Tráfico

 

 

Desde tiempos remotos, el fenómeno del tráfico ha representado un aspecto de gran relevancia en la vida de las sociedades, influyendo en distintos aspectos sociales, históricos, económicos y legales. Antes de la llegada del vehículo a motor a finales del siglo XIX, la existencia de vehículos de tracción animal, carruajes y monturas no planteaba problemas de gran envergadura. Solo existían incidentes como vuelcos, roturas o incidentes con maleantes en los caminos. No obstante, con la creciente proliferación de los vehículos a motor, surgió la necesidad de regular el tráfico terrestre. Esto llevó al desarrollo de estructuras de gobierno destinadas a:

  1. gestionar la producción y el mantenimiento de vehículos y carreteras,
  2. así como a establecer criterios y requisitos para la conducción de estos dispositivos. El resultado fue la creación de la Jefatura Central de Tráfico.

La historia de la gestión de la movilidad en España se remonta a 1778. Ese año se emitió un Real Decreto que instaba al gobierno español a supervisar la seguridad y comodidad de las vías y caminos para facilitar la comunicación. Sin embargo, para la mayoría de los estudiosos, el punto de partida en la gestión de la movilidad en España se sitúa en 1899. No obstante, un momento crucial tuvo lugar el 17 de septiembre de 1900:

  • se aprobó el “Reglamento para el Servicio de Coches Automóviles por las Carreteras del Estado”
  • y se registró el primer vehículo, un Clement, que recibió la matrícula PM-1.

Es interesante destacar que este Reglamento:

  • establecía límites de velocidad, limitando a 28 km/h en carreteras interurbanas y 15 km/h en áreas urbanas,
  • además de la obligación de registrar en un único registro a los vehículos de motor que circulasen en las vías del país.

 

Reglamento de Policía de 1824

 

Desde una perspectiva normativa, los orígenes de la Jefatura Central de Tráfico se encuentran en el Reglamento de Policía de 20 de febrero de 1824. Dicho reglamento regulaba la emisión de licencias para la circulación de carruajes y ganado en las vías. Además, las Órdenes de 1825 y 1830 sancionaban a aquellos que transitaban con carruajes y ganado por los márgenes de los caminos.

El primer Reglamento para el servicio de coches automóviles por las carreteras de España es de fecha 17 de septiembre de 1900. Tuvo como objetivo primordial regular la circulación de automóviles, principalmente en las calles de las ciudades en lugar de las carreteras nacionales. Este reglamento también abarcaba a los conductores, siendo la primera vez en la historia en que se regulaba la necesidad de que los conductores contaran con una habilitación administrativa para operar un vehículo. Esto se lograba mediante la obtención de un permiso emitido por el Gobernador de la Provincia en la que el conductor tenía su residencia. Además, era necesario evaluar los antecedentes y documentos relativos a la competencia del interesado, realizándole preguntas y sometiéndolo a las pruebas que se considerasen pertinentes.

 

Coche policia atendiendo a un vehículo averiado en 1908

La Guardia Civil atendiendo a un vehículo averiado en Játiva, en 1908.

 

 

Como hitos importantes  podemos mencionar la publicación el 25 de septiembre de 1934 del “Código de Circulación”. Esta normativa marcaría toda la regulación en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial hasta comienzos del siglo XXI .

 

Jefatura Central de Tráfico

 

Con la Ley 47/1959, de 30 de julio (BOE núm. 182, de 31 de julio), de Circulación Urbana e Interurbana, se crea la Jefatura Central de Tráfico que marcó un hito importante en la regulación del tráfico y el transporte por carretera en España. Su establecimiento se basó en la necesidad de una regulación ordenada y sistemática, con medidas precisas para garantizar la eficacia de las disposiciones vigentes y futuras. Esto implicaba una reorganización de las competencias en asuntos de circulación y transporte por carretera, vigilancia del tráfico y la facultad sancionadora para las infracciones en estas áreas.

La Ley 47 que estableció la Jefatura Central de Tráfico definió su contenido y atribuyó la facultad sancionadora en estas materias a los Gobernadores Civiles de esa época. Además, se asignaron las funciones de vigilancia del tráfico a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, una entidad que se creó específicamente para esta misión dentro de la propia Guardia Civil, reemplazando al Cuerpo de Policía Armada y de Tráfico, que había desempeñado ese rol desde el final de la Guerra Civil.

Cuando la Jefatura Central de Tráfico comenzó a funcionar en 1960, se concibió como un órgano de coordinación y dirección de todas las actividades relacionadas con el tráfico que estaban bajo la responsabilidad del Ministerio de la Gobernación. En ese momento, el Ministerio de Obras Públicas continuó manteniendo sus competencias en lo que respecta a la infraestructura vial, mientras que el Ministerio de Industria se encargó de todo lo relacionado con los vehículos, incluyendo la declaración de aptitud técnica de los conductores. No fue hasta 1967 que la propia Jefatura Central de Tráfico asumió la responsabilidad de la declaración de aptitud técnica de los conductores. Este cambio representó un paso significativo en la centralización de las competencias relacionadas con el tráfico y la circulación en España.

 

Bibliografía

 

  • Boletín Oficial del Estado www.boe.es
  • Dirección General de Tráfico www.dgt.es
  • Temario de Oposiciones al Cuerpo de Examinadores de Tráfico. Autora Milagro del Arroyo González, María López Fernández y Lorenzo Escuredo Castellanos

 

JOSE LUIS ALVAREZ Formador vial

 

 

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