Resumen del Capítulo 14: Mercancías Exentas, Limitadas y Exceptuadas (2025)
1. Introducción: Exenciones en el Transporte ADR
Este capítulo del manual, con fecha 15 de febrero de 2025, aborda las diversas formas de exención existentes en la normativa ADR para el transporte por carretera de mercancías peligrosas. El objetivo es simplificar el transporte cuando el riesgo es menor, ofreciendo alternativas a la aplicación completa del ADR a través de exenciones, cantidades limitadas, cantidades exceptuadas y umbrales de carga pequeña. Se recomienda siempre verificar si alguna de estas opciones puede aplicarse para facilitar y reducir los costes del transporte.
2. Exenciones Totales
Se contemplan exenciones totales en ciertos casos, como la aplicación de la regla de los 1000 puntos, que permite el transporte de cantidades limitadas de diferentes mercancías peligrosas sin cumplir todas las disposiciones del ADR. También se especifican exenciones totales para el transporte de gasóleo y gasolina en condiciones particulares.
3. Cantidades Limitadas
Las mercancías peligrosas embaladas en cantidades limitadas están exentas de muchas, aunque no todas, las disposiciones del ADR. Estas requieren un embalaje específico y deben estar marcadas con la etiqueta correspondiente. Es importante destacar que, a pesar de la exención, todo el personal involucrado en el transporte, incluyendo conductores y tripulación, debe recibir la formación adecuada según el capítulo 1.3 del ADR, incluso si no poseen una autorización ADR.
4. Cantidades Exceptuadas
El transporte de mercancías peligrosas en cantidades exceptuadas también está sujeto a ciertas exenciones, aunque con requisitos específicos en cuanto al embalaje.
5. Infracciones y Sanciones
El capítulo finaliza tratando las infracciones y sanciones relacionadas con el transporte de gas en vehículos particulares. Se considera infracción muy grave la falta de identificación exterior del vehículo cuando transporta mercancías peligrosas. En cuanto a la mala disposición o estiba de la carga, aunque se trate de cantidades exentas del ADR, puede ser sancionada como infracción grave según el Reglamento General de Circulación si compromete la seguridad vial.
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