Marcas blancas transversales, diccionario vial
Marcas blancas transversales Diccionario vial con contenidos sobre educación y seguridad vial para clases teóricas del permiso de conducir.
Comentario
Su nomenclatura se encuentra en el artículo 168 del Reglamento General de Circulación y es la siguiente:
- Marcas transversales continuas. Una línea continua que atraviesa uno o más carriles de circulación es una línea de detención, lo que indica que ningún vehículo o animal o su carga puede cruzarla para cumplir con las obligaciones impuestas por una señal horizontal o vertical de detención obligatoria, una señal de prohibición de pasar sin detenerse, un paso para peatones indicado por una marca vial, un semáforo o una señal de detención efectuada por un agente de la circulación o por la existencia de un paso a nivel o puente móvil.
- Marcas transversales discontinuas. Una línea discontinua que atraviesa uno o más carriles de circulación es una línea de parada que indica que, salvo en circunstancias excepcionales de visibilidad limitada, ningún vehículo o animal o su carga puede cruzarla si es necesario ceder el paso para cumplir con las obligaciones establecidas en la vertical, o señales horizontales de «Ceda el paso», mediante flechas verdes oscilantes en los semáforos o en ausencia de señales de prioridad, aplicándose las normas generales que les sean aplicables.
- Marca de paso para peatones. Serie de líneas muy anchas, dispuestas en carriles paralelos al eje de la calzada, sobre la superficie de la calzada y formando el sentido transversal de la calzada, que indican los pasos de peatones por donde debe dejarles pasar los conductores o el animal. No se podrán utilizar líneas con otros colores alternando con el blanco..
- Marca de paso para ciclistas. Una señalización en la calzada formada por dos líneas horizontales discontinuas paralelas indica la calzada en la que los ciclistas tienen prioridad.
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