Para conocer lo que es, debemos acudir a la definición 31 del Anexo I del TRLTSV donde indica que “es un útil o instrumento agrícola, sin motor, concebido y construido para efectuar trabajos de preparación del terreno o laboreo que, además, no se consideran vehículos, así como también el resto de la maquinaria agrícola remolcada de menos de 750 kilogramos de masa.
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