Este término figura todavía en el art. 94.1.j) y 94.2.d) y 173 (Señal V-15) del Reglamento General de Circulación. Ha desaparecido en la versión consolidada del TRLTSV.
En el Diccionario Español de la Lengua equivale a “discapacitado”. Hoy en día, se utilizan los términos “persona con discapacidad” y más recientemente “persona con diversidad funcional”.
« VOLVER AL ÍNDICE