Infracciones en materia de aseguramiento obligatorio. Artículo 78 Ley de Tráfico

por | Nov 23, 2023

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Artículo 78: Infracciones en materia de aseguramiento obligatorio

Infracciones en materia de aseguramiento obligatorio. Artículo 78 Ley de Tráfico. Texto refundido Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial

 

1- Las infracciones derivadas del incumplimiento de la obligación (2328) de asegurar (2329) los vehículos a motor se regularán y sancionarán con arreglo a su legislación específica (2330) .

2. Las estaciones de inspección técnica de vehículos requerirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección ordinaria o extraordinaria del vehículo. El resultado de la inspección no podrá ser favorable en tanto no se verifique este requisito (2331) .

 

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Normativa relacionada

 


Texto cedido por Amando Baños, de traficoytransportes.com, maquetación e imágenes por Jose Luis Alvarez de tuteorica.com

2328

Las infracciones derivadas del incumplimiento de la obligación (2328) de asegurar los vehículos a motor…

 

El Decreto-Lei 291/2007 portugués, de 21 de agosto en conjunto con la orden núm. 56/95, indican que los vehículos cuya utilización esté sujeta a estar asegurado y con estacionamiento habitual en Portugal, excepto motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y máquinas industriales, deben tener colocado en el interior del vehículo, en la esquina inferior derecha del parabrisas, en un lugar bien visible desde el exterior, una viñeta que indique que tienen contratado un seguro de responsabilidad civil. SUBIR

 

2329

Las infracciones derivadas del incumplimiento de la obligación de asegurar (2329) los vehículos a motor

 

Leer artículo ” La aseguradora negará la cobertura en estos casos”  SUBIR

 

2330

…y sancionarán con arreglo a su legislación específica (2330) .

 

Los ciclos, tal como están definidos en el TRLTSV, no tienen obligación de contratar una póliza de seguro, lo que no significa que no puedan hacerlo. La ausencia de seguro no exime de su responsabilidad civil a un ciclista que causa daños, teniendo que pagar esos daños de su bolsillo.

Sin embargo, el Reglamento UE 168/2013, que entró en vigor el 01/01/2016, añade una nueva categoría: los ciclos de motor que se engloban en la Categoría L1e, y que son considerados vehículos de motor y por ello tienen la obligación de matricularse y estar asegurados.

En algunos países, como es el caso de Suiza, tienen que tener contratado un seguro de responsabilidad civil a través de su seguro personal. Allí tal como señala el diario “Berner Zeitung” de 04.01.2012, el daño promedio causado por un ciclista, según un estudio de Axa Winterthur, es de 2.000 francos suizos, pero si hay daños personales puede llegar a ser de 500.000 francos y en caso de carecer de seguro tendría que abonarlos de su bolsillo. SUBIR

 

2331

Las estaciones de inspección técnica de vehículos requerirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección ordinaria o extraordinaria del vehículo. El resultado de la inspección no podrá ser favorable en tanto no se verifique este requisito (2331) .

 

La redacción de este apartado es un poco absurda. Parece que el conductor se entera al final del recorrido por la línea de inspección de que la inspección no va a ser favorable. Sería mucho mejor que indicase que antes de la realización de la inspección, el personal de la estación ITV comprobará que el vehículo está asegurado y si no lo estuviese no procederá a la inspección.

Para que este apartado se cumpliese de forma óptima para los titulares de los vehículos y las estaciones ITV, el titular al efectuar la reserva de hora de la inspección debía ser automáticamente informado de que en la fecha de la inspección tendría el seguro caducado y de esa forma ya acudiría con el seguro al día.

 

Infracciones en materia de aseguramiento obligatorio. Artículo 78 Ley de Tráfico. Texto refundido Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial

 

Recordemos que el ciudadano no está obligado a llevar encima el recibo del seguro (aunque en caso de colisión puede ser muy conveniente) porque ese dato está en poder de la Administración y la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas señala en su art.2.2.b) “Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas.”, como es el caso de las Estaciones ITV, que además pueden comprobar telemáticamente si el vehículo está asegurado.

Además, el legislador se olvidó de indicar en el TRLTSV que tipo de infracción comete una estación ITV si considera favorable la inspección a un vehículo que carece de seguro. Además, sería interesante aclarar si esa inspección seguiría teniendo validez una vez que se suscribiese una póliza de aseguramiento. Véase el art. 8.3) del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. SUBIR

 

 

 

 

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