Señal de vía de atención preferente
Texto cedido por Amando Baños de traficoytransportes.com
El art. 56.5) del Reglamento General de Circulación se refiere a las “vías preferentes” como aquellas que gozan de preferencia de paso respecto de las demás vías que atraviesan.
No existe una definición de “VÍA DE ATENCIÓN PREFERENTE” ni tampoco una señal oficial que la identifique ni en el Catálogo Oficial de Señales de Tráfico, tanto verticales como horizontales, ni tampoco en la Ley de Carreteras, por lo que debemos acudir a las Ordenanzas municipales de regulación del tráfico de aquellos municipios en los que esté instalada para ver los requisitos y condiciones de la señal V.A.P.
Aunque no existe una definición ni una imagen de como deben ser, el art. 91.2) del Reglamento General de Circulación, en el que se regula el modo y forma de ejecución de la parada y el estacionamiento, establece que “Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos… los siguientes:
“k) Cuando el estacionamiento se efectúe en espacios prohibidos en vía pública calificada de atención preferente específicamente señalizados”.
Los ayuntamientos en sus ordenanzas de circulación o movilidad han ido definiendo este tipo de vías que, a veces, las califican también como “malla básica” o “vías de circulación intensiva. Así el ayuntamiento de Guadalajara indica que son aquellas vías que constituyen el soporte de las comunicaciones rodadas de la ciudad y su intensidad de tráfico es superior a los 5.000 vehículos diarios y deben, por tanto, ser preservadas en el mayor grado posible, de afecciones a su capacidad, fluidez y seguridad de la circulación, ser objeto de limitaciones urbanísticas reguladas en las normas correspondientes, y tener una consideración especial en cuanto a medidas de vigilancia del tráfico.
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Muchas veces se marcan con una raya roja en un lateral para indicar que es una vía de este tipo y que está prohibido estacionar en doble fila.
En cualquier caso, dado su desconocimiento por parte de los conductores debiera figurar con el texto completo.
Se podría usar la SEÑAL DE REFUERZO 7.33 de la Norma 8.1-IC en fondo blanco y con la señal redonda o triangular oportuna y un máximo de dos líneas y con el texto íntegro VÍA DE ATENCIÓN PREFERENTE.
En la ciudad de Santander, a este tipo de vías las señalizan con la señal RED.
En el artículo 21 de su Ordenanza de Circulación recoge y define la señal RED:
“Se entiende por RED, las vías urbanas consideradas de alta densidad de circulación, las cuales son objeto de una especial vigilancia. Tendrán consideración de vías RED, además de los túneles y rotondas del término municipal, las siguientes: (Se relacionan las calles que tienen tal consideración). Estas vías estarán debidamente señalizadas, a través de la señal RED. Asimismo, se señalizará horizontalmente con raya de 10 centímetros en color rojo. Esta raya será intermitente, pintándose sobre la calzada a un metro del bordillo, si no hubiere estacionamiento, o a un metro de la línea de estaciona miento si la hubiera.”
Ambas señales, VAP y RED, tienen dos objetivos:
- Establecer una especial vigilancia del tráfico por parte de la Policía Local y los Agentes de Movilidad en la zona comprendida por la señalización
- Prohibir el estacionamiento a todo tipo de vehículos, con el fin de dar una mayor fluidez al tráfico.
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