Ciclista sin luces al atardecer por carretera
Minivideo o short gratuito de Educación y Seguridad Vial donde se observa a un Ciclista sin luces al atardecer por carretera
En ciudad, salvo que la normativa de la ciudad sea más exigente, y según el Reglamento General de Vehículos, las bicicletas deben llevar:
- Reflectante (catadióptrico) trasero de color rojo, que no sea de forma triangular
- Luz de posición blanca (delantera)
- Luz de posición roja (trasera)
Estos elementos de visibilidad han de usarse “para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad”, dice el Reglamento.
Opcionalmente, y de forma recomendable, pueden llevar reflectantes blancos o naranjas en los pedales y en los radios.
Fuera de ciudad: lo anterior, y prenda reflectante
Si vas a salir de la ciudad y circular por carretera, además del casco, la Ley de Tráfico y Seguridad Vial obliga a usar alguna prenda reflectante cuando se deba utilizar alumbrado, además de lo ya exigido en ciudad. Esta prenda reflectante debe estar homologada.