Vehículos obligados a circular por el arcén, diccionario vial

por | Ago 5, 2023

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Vehículos obligados a circular por el arcén


Vehículos obligados a circular por el arcén. Diccionario vial con contenidos sobre educación vial para clases teóricas del permiso o carnet de conducir.

 

Vehículos obligados a circular por el arcén. Diccionario vial para el carnet de conducir.🚗🛺

 


Curiosidades

 

Según la normativa vigente. El arcén es la parte de la carretera que se encuentra a ambos lados de la calzada, separado por una línea longitudinal, y que tiene otros fines que no sean la conducción habitual. Por ejemplo, el arcén se puede utilizar para detenerse en caso de emergencia, para facilitar el paso a los vehículos de emergencia, o para circular por él algunos vehículos especiales.

 

¿Qué vehículos deben circular por el arcén?

 

Según el artículo 17 de la Ley de Tráfico, los vehículos que deben circular por el arcén, si fuera transitable y suficiente, son los siguientes:

  • Vehículos de tracción animal con masa máxima autorizada hasta 3.500 kilogramos.
  • Vehículos especiales con masa máxima autorizada no superior a los 3.500 kilogramos.
  • Ciclos, ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida o vehículos en seguimiento de ciclistas.
  • Motocicletas, turismos y camiones con masa máxima autorizada hasta 3.500 kilogramos que, por razones de emergencia, circulen a velocidad anormalmente reducida y perturben gravemente la circulación.

Estos vehículos deben circular por el arcén de su derecha, o en su defecto, por la parte imprescindible de la calzada. Además, deben respetar la distancia de seguridad con el resto de los vehículos y señalizar sus maniobras con las luces e indicadores correspondientes.

 

¿Qué vehículos pueden circular por el arcén?

 

Además de los vehículos obligados a circular por el arcén, hay otros que pueden hacerlo en determinadas circunstancias. Por ejemplo:

  • Los peatones pueden circular por el arcén cuando no exista acera o zona peatonal, siempre que lo hagan por su izquierda y en fila de a uno.
  • Las bicicletas pueden circular por el arcén cuando las condiciones de la vía lo aconsejen, especialmente en descensos prolongados con curvas. En este caso, pueden ocupar la parte derecha de la calzada que necesiten y superar la velocidad máxima fijada reglamentariamente para estos vehículos.
  • Los vehículos de acompañamiento a ciclistas.
  • Los vehículos de emergencia pueden circular por el arcén cuando sea necesario para cumplir su misión, siempre que lo hagan con precaución y señalizando su presencia con las luces y sirenas adecuadas.
  • Los demás vehículos pueden circular por el arcén para facilitar el paso a los vehículos de emergencia o para realizar alguna maniobra excepcional, como adelantar o cambiar de dirección. En este caso, deben volver a la calzada tan pronto como sea posible y sin poner en peligro a los demás usuarios.

 

¿Qué vehículos no pueden circular por el arcén?

 

Los vehículos que no pueden circular por el arcén son aquellos que no están incluidos en los apartados anteriores y que tienen capacidad para circular normalmente por la calzada. Por ejemplo:

  • Los turismos y camiones con masa máxima autorizada superior a los 3.500 kilogramos.
  • Los autobuses y autocares.
  • Los remolques y semirremolques.
  • Los vehículos especiales con masa máxima autorizada superior a los 3.500 kilogramos.

Estos vehículos deben circular por la calzada y respetar las normas generales de circulación, como las velocidades máximas y mínimas, las distancias de seguridad, las señales y marcas viales, etc.

 

¿Qué sanciones se aplican por circular indebidamente por el arcén?

 

Circular indebidamente por el arcén puede suponer una infracción grave o muy grave, según el caso. Las sanciones pueden variar desde multas económicas hasta pérdida de puntos del carné de conducir o incluso retirada del mismo. Algunos ejemplos son:

  • Circular por el arcén sin estar obligado o permitido: multa de 200 euros.
  • Circular en paralelo por el arcén: multa de 200 euros y pérdida de 4 puntos.
  • Invadir el arcén sin causa justificada: multa de 200 euros y pérdida de 4 puntos.
  • No respetar la prioridad de paso de los usuarios del arcén: multa de 200 euros y pérdida de 4 puntos.
  • No facilitar el paso a los vehículos de emergencia que circulen por el arcén: multa de 200 euros y pérdida de 4 puntos.

 

Conclusión

 

Circular por el arcén es una cuestión que debemos tener clara, ya que afecta a nuestra seguridad y a la de los demás usuarios de la vía. Por ello, debemos conocer qué vehículos están obligados, permitidos o prohibidos de circular por el arcén, y en qué condiciones pueden hacerlo. Así, evitaremos cometer infracciones y pondremos en práctica una conducción responsable y respetuosa.

 

 

 

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