Instrucción VEH 2022/01. Tratamiento de la “custodia provisional” del vehículo en caso de fallecimiento del titular
El fallecimiento de una persona desencadena determinadas consecuencias jurídicas sobre su patrimonio. En el caso de que el fallecido sea titular de un vehículo, además de las actuaciones jurídicas comunes al resto de la masa hereditaria (adjudicación civil y liquidación tributaria), el adjudicatario definitivo del vehículo o la persona que tenga a su cargo la custodia y uso provisional del mismo debe atender las obligaciones impuestas por el ordenamiento administrativo del tráfico.
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