Permisos de motocicleta

Abr 9, 2021 | Esquemas-Infografias, IMAGENES

Escrito por: José Luis ÁlvarezProfesor de Seguridad Vial y Especialista CAP.

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La escalera de las motos: tu guía definitiva para los carnets A1, A2 y A


En el esquema “Permisos de moto” se detallan cada uno de los carnés de motocicleta y qué vehículos se puede conducir cada uno de ellos.

 

Permisos para motocicletas

 


¡Hola a todos, futuros moteros y moteras! Soy vuestro profesor de educación vial, y hoy vamos a analizar una de las “chuletas” o resúmenes más importantes que veréis: los permisos de moto. La imagen que tenemos delante es el mapa perfecto para entender cómo funciona la “escalera” de las dos ruedas en España.

Y digo “escalera” porque esa es la palabra clave. En seguridad vial, no nos gusta que nadie corra antes de saber andar. Por eso, el sistema está diseñado para el acceso progresivo. Empezamos con motos ligeras y, con experiencia, saltamos a las más potentes. Vamos a desgranarlo, permiso por permiso.

 


El carnet A1: la puerta de entrada (a los 16)

 

El primer escalón es el permiso A1. Es la primera gran oportunidad de sentir la libertad sobre dos ruedas.

  • Edad mínima: 16 años.
  • ¿Qué puedes conducir? Motos de hasta 125 centímetros cúbicos (cm³).
  • Potencia: La clave es la potencia: máximo 11 kW, que son unos 15 Caballos (CV).
  • Relación Potencia/Peso: No puede superar los 0,1 kW/Kg. Esto evita que existan motos de 125cc que pesen poquísimo y sean “un cohete”.

Ejemplo práctico y seguridad: Este carnet es perfecto para moverse por la ciudad. Piensa en una scooter ágil para ir al instituto o una moto “naked” de 125cc para empezar a disfrutar de rutas cortas. Es tu primera gran lección de convivencia con el tráfico, aprendiendo a ser visible y a anticipar los movimientos de los coches.

 


El carnet A2: el salto a las motos “de verdad”

 

Aquí es donde la cosa se pone seria. El permiso A2 es, hoy en día, el más popular y el que abre un abanico de motos enorme.

  • Edad mínima: 18 años.
  • Potencia: Puedes llevar motos de hasta 35 kW (unos 48 CV).
  • Relación Potencia/Peso: Sube a 0,2 kW/Kg.
  • La “trampa” de la limitación: ¡Ojo aquí! Esta es la nota más importante. Puedes conducir motos limitadas a 35kW, siempre que su potencia original de fábrica no supere los 70 kW (unos 95 CV).

Ejemplo práctico y seguridad: ¿Qué significa esto? No puedes comprar una superdeportiva de 150 CV y “bajarle” la potencia. ¡Sería una locura! La ley busca que te acostumbres a una potencia intermedia. Con el A2 puedes llevar motos fantásticas para viajar y hacer rutas, pero con un control. Es el paso donde aprendes a gestionar una aceleración y un peso considerables.

 


El carnet A: la libertad total (con experiencia)

 

Este es el último escalón. El permiso A te da acceso a… bueno, a todo.

  • Requisito clave: ¡No te puedes presentar directamente! Necesitas tener, como mínimo, 2 años de antigüedad con el carnet A2.
  • Edad mínima: 20 años. Esto es el resultado de sumar: 18 (cuando sacaste el A2) + 2 años de experiencia = 20 años.
  • Potencia y Cilindrada: Cualquiera. Sin límites.
  • Nota: Para triciclos de más de 15kW (que también puedes llevar), la edad sube a 21 años.

Ejemplo práctico y seguridad: Para obtenerlo, no es un examen práctico en la calle, sino un curso de formación. ¿Por qué? Porque la DGT entiende que, si ya llevas 2 años con el A2, lo que necesitas no es un examen, sino una actualización de conocimientos y técnicas de conducción para manejar motos de 100, 150 o 200 CV. Es la graduación; aquí demuestras que eres un motorista maduro y responsable.

 


La pregunta del millón para mis alumnos

 

¡Vamos a ver si habéis estado atentos! Esta pregunta es un clásico para “pillar” en el teórico y en las clases.

Pregunta de examen:

Un alumno tiene 19 años y el carnet A2 recién obtenido. Quiere comprarse una moto que tiene una potencia de fábrica de 80 kW (unos 109 CV) y quiere limitarla a 35 kW para poder usarla. Según la normativa que hemos visto, ¿es esto posible?

  • A) Sí, siempre que la limitación a 35 kW esté homologada y la pase por la ITV.
  • B) No, porque la moto original supera los 70 kW de potencia máxima de serie.
  • C) Sí, pero solo podrá conducirla cuando cumpla 20 años, aunque esté limitada.
  • D) No, porque con 19 años solo puede llevar motos de hasta 125cc.

¡Dejádme vuestra respuesta (A, B, C o D) en los comentarios! A ver quién acierta y demuestra que está listo para el A2. 😉

 


tuteorica.com. Entiende. Aprende. ¡Conduce mejor!

Permisos de moto

 

Jose Luis Alvarez

Sobre el autor

José Luis Álvarez

Experto en Seguridad Vial y Pedagogía. Especialista en formación CAP, digitalización de contenidos educativos e integración de IA en el sector vial. Fundador de tuteorica.com.

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