Según el punto 4 del Anexo I del Texto refundido Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial, es peatón el que empuja un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, pero un motorista que empuje su moto por la calzada sigue siendo conductor y por lo tanto está obligado a seguir con el casco puesto y abrochado ya que el art. 118 del Reglamento General de Circulación establece que: “Los conductores y pasajeros de motocicletas […] deben utilizar adecuadamente cascos de protección homologados […] cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas”.
En cuanto al pasajero al bajarse de la motocicleta pareciera que en principio podría ayudar a empujarla y no estaría obligado a llevar el casco puesto, pero podría ser denunciado por circular por la calzada en vez de hacerlo por la acera en el caso de una vía urbana o por el arcén en caso de una vía interurbana. Si no existiera ni acera ni arcén tendría que circular por la izquierda de la calzada tal como figura en el art. 122.1) del Reglamento General de Circulación y por ello, en ese caso, no podría ayudar a empujar la moto.
El motociclista al seguir siendo conductor también podría ser sometido a las pruebas de detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. El pasajero también podría ser sometido a este tipo de control, pero sólo si la motocicleta está implicada en un accidente de circulación o el pasajero haya cometido una infracción, como por ejemplo arrojar una colilla a la calzada con riesgo de provocar un incendio (art. 14.2 TRLTSV).
La motocicleta, al estar matriculada en España, tendría que estar cubierta por un seguro de responsabilidad civil. Si no está dada de baja temporal tiene que tener la ITV al día y pagado el impuesto municipal de circulación. De todas formas, habría que diferenciar entre el que empuja una moto porque se quedó sin combustible o se averió y trata de apartarla de la circulación de aquel que la empuja durante un rato por la calzada.
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