Concepto de estacionamiento
El Concepto de “Estacionamiento” está incluido en el diccionario vial que sirve de ayuda en la obtención del permiso de conducir.
Normativa
El estacionamiento es la inmovilización voluntaria del vehículo que dura 2 o más minutos y/o cuando se abandona el vehículo.
Las normas generales sobre paradas y estacionamientos quedan recogidas en el Artículo 39 del Texto refundido Ley de Tráfico:
1- La parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interurbanas debe efectuarse siempre fuera de la calzada (1662) , en el lado derecho de la misma (1663) y dejando libre, cuando exista, la parte transitable del arcén (1664) .
2- Cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén (1665) se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho (1666), salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo.
4– (1678) El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal (1679)…
Prohibiciones
Las prohibiciones de estacionamientos se recogen en el Artículo 40 del Texto refundido Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial:
2. Queda prohibido estacionar (1708) en los siguientes casos:
-
- a) En todos los descritos en el apartado anterior (1709) .
- b) En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria (1710) , conforme a la regulación del sistema utilizado para ello (1711) , sin disponer del título (1712) que lo autorice (1713) o cuando, disponiendo de él, se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo (1714) permitido por la autorización (1715) .
- c) En zonas señalizadas (1716) para carga y descarga (1717) .
- d) (1718) En zonas señalizadas para uso exclusivo de personas (1719) con discapacidad (1720) .
- e) Sobre las aceras (1721), paseos y demás zonas destinadas al paso (1722) de los peatones. No obstante, los municipios, a través de ordenanza municipal, podrán regular la parada y el estacionamiento de los vehículos de dos ruedas (1723) sobre las aceras (1724) y paseos siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de los peatones (1725) por ellas, atendiendo a las necesidades de aquéllos que puedan llevar algún objeto voluminoso (1726) y, especialmente, las de aquellas personas que tengan alguna discapacidad (1727) .
- f) Delante (1728) de los vados (1729) señalizados correctamente.(1730)
- g) En doble fila. (1731)
(1732) (Estacionar fuera de la línea delimitadora del estacionamiento)
(1733) (Otras prohibiciones municipales)
(1735) (Prohibido estacionar a menos de …. metros de un cruce).
(1738) (Prohibido estacionar en sentido contrario).
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