Análisis del artículo 18 del Reglamento General de Circulación
¿Sabías que tu posición al volante o el uso de ciertos dispositivos pueden marcar la diferencia entre un viaje seguro y un accidente inesperado? En el Artículo 18 del Reglamento General de Circulación (RGC) se establecen normas esenciales para garantizar la seguridad vial de todos los usuarios. A continuación, exploramos este artículo desde el punto de vista de la educación y la seguridad vial, con un análisis detallado de cada apartado de «Otras obligaciones del conductor».
Boletín Oficial del Estado
Artículo 18. Otras obligaciones del conductor.
1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado).
Se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Se exceptúan, a estos efectos, el uso de monitores que estén a la vista del conductor y cuya utilización sea necesaria para la visión de acceso o bajada de peatones o para la visión en vehículos con cámara de maniobras traseras, así como el dispositivo GPS.
2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).
3. Se prohíbe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar.
4. Las infracciones a este precepto tendrán la consideración de graves conforme se prevé en el artículo 65.4.f) y g) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Importancia de mantener la atención y libertad de movimientos
Libertad de movimientos y campo de visión
El apartado 1 del artículo establece que el conductor debe mantener su libertad de movimientos y un campo de visión adecuado. Esto significa que cualquier acción que limite la capacidad de maniobrar o observar el entorno puede comprometer la seguridad.
Por ejemplo, si llevas objetos sueltos dentro del coche, estos podrían moverse bruscamente en caso de un frenazo, distrayéndote o incluso interfiriendo con el manejo del vehículo. En términos educativos, esto subraya la importancia de organizar correctamente el espacio en el coche, algo fundamental para la prevención de accidentes.
Atención permanente a la conducción
El uso de dispositivos como pantallas con acceso a internet o reproductores de vídeo mientras se conduce está estrictamente prohibido, salvo excepciones como el uso de GPS o cámaras para maniobras. Esto recalca un principio básico de la educación vial: la atención plena al volante es clave para reaccionar ante imprevistos.
Relación con la Ley de Tráfico
Este apartado se vincula con el artículo 11.2 del Texto Refundido de la Ley de Tráfico, que también resalta la importancia de evitar interferencias en la conducción.
Comparativa Internacional
En países como Alemania, las normativas también enfatizan la atención permanente y penalizan severamente el uso de dispositivos electrónicos al volante, incluso en semáforos.
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Prohibición de auriculares y teléfonos móviles
Uso de auriculares y teléfonos
El apartado 2 prohíbe el uso de auriculares conectados a dispositivos de sonido, salvo excepciones en pruebas de aptitud para motocicletas. Además, no se permite el uso de teléfonos móviles a menos que sean manos libres.
Este punto es crucial porque, según estudios, el uso de auriculares reduce la percepción auditiva de sonidos esenciales, como bocinas o sirenas. En educación vial, esto se traduce en la necesidad de entender que conducir no solo implica observar, sino también escuchar.
Exenciones
Los agentes de tráfico están exentos de estas restricciones cuando las funciones lo requieren. Este aspecto muestra que la normativa también tiene en cuenta situaciones específicas sin comprometer la seguridad general.
Relación con la Ley de Tráfico
El artículo 11.3 del Texto Refundido complementa este apartado al especificar que el uso de dispositivos debe ser sin emplear las manos ni auriculares.
Comparativa Internacional
En Estados Unidos, algunos estados permiten el uso de manos libres, pero la normativa varía significativamente, destacando la necesidad de armonización global.
Sistemas para eludir la vigilancia
Prohibición de detectores de radar
El apartado 3 prohíbe instalar sistemas que eviten la vigilancia de los agentes de tráfico, como detectores de radar. Este tipo de dispositivos no solo incumple la ley, sino que también fomenta comportamientos peligrosos al incentivar excesos de velocidad.
Educación vial y conducta responsable
Desde el punto de vista educativo, la prohibición tiene un objetivo claro: promover una conducta vial responsable basada en el cumplimiento de las normas, en lugar de buscar cómo evadirlas.
Comparativa Internacional
En Francia, el uso de detectores de radar también está prohibido, con multas que pueden superar los 1,500 euros, lo que muestra un enfoque similar al español.
Sanción por infracciones graves
Calificación de Infracciones
El apartado 4 establece que las infracciones a este artículo son consideradas graves, con sanciones establecidas en el artículo 65.4.f) y g) del Texto Refundido. Esto subraya que las consecuencias legales buscan disuadir conductas peligrosas.
Relación con la Seguridad Vial
Desde una perspectiva educativa, es importante que los conductores entiendan que las sanciones no son solo punitivas, sino preventivas. El objetivo es proteger a todos los usuarios de la vía.
Comparativa internacional
En el Reino Unido, las sanciones por distracciones al volante también son severas, con la posibilidad de pérdida de puntos en el permiso de conducir.
Situación curiosa relacionada
En 2019, un conductor en España fue multado por llevar a su mascota suelta en el coche, lo que provocó que el animal interfiriera con el volante. Este caso ejemplifica la importancia de cumplir con el apartado 1 del artículo 18, que obliga a mantener una adecuada colocación de los objetos y animales transportados.
El Artículo 18 del RGC ha dado lugar a situaciones curiosas. Por ejemplo, en 2019, un conductor fue multado por comer un plátano mientras conducía, argumentando que violaba la obligación de mantener la libertad de movimientos. Aunque la multa fue posteriormente anulada, el caso generó un debate sobre la interpretación de la ley.
Conclusión a otras obligaciones del conductor. Artículo 18 de RGC. Reglamento general de circulación
El Artículo 18 del RGC no solo establece obligaciones, sino que también busca fomentar una cultura de responsabilidad en la conducción. Cada norma está diseñada para prevenir riesgos y proteger a todos los usuarios de la vía. Al comprender y aplicar estas reglas, contribuimos a una circulación más segura y armoniosa.
Otras obligaciones del conductor. Artículo 18 de RGC. Reglamento general de circulación
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