Fraccionamiento de la pena de privación del permiso de conducir
Para poder pedir el fraccionamiento de la pena de privación del permiso de conducir es necesario que haya delito, es decir, que un Juzgado de Instrucción o penal, en su caso, haya condenado a una persona por un delito del artículo 379.2 del Código Penal, que castiga conducir bajo la influencia de drogas o alcohol. Si la «condena» es administrativa, es decir, si se trata de una multa no se permite el fraccionamiento.
Pese a no existir una previsión específica al respecto en el Código Penal, jurisprudencialmente está reconocida la potestad discrecional de los Tribunales para conceder este privilegio o beneficio punitivo siempre y cuando la concesión del fraccionamiento no sea una resolución generalizada y el penado sea conductor profesional, Se exigen los siguientes requisitos:
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- 1- Conductor profesional. El investigado por un delito contra la seguridad vial, concretamente por una alcoholemia, debe probar ante el Juez que su profesión depende de su vehículo: transportista, autónomo, comercial… Esta prueba puede consistir en mostrar su carnet profesional, un contrato de trabajo, la tarjeta de transporte correspondiente, etc. Asimismo, debe acreditar la imposibilidad de cambiar de puesto de trabajo en la empresa por otro que no requiera conducir. El juzgado, sin pretenderlo, podría estar condenando al conductor adicionalmente a una pena laboral y debemos recordar que las penas deben ser lo más favorables al reo en lo que se refiere a su integración social. Con esta documentación el conductor trata de acreditar las dramáticas consecuencias que tendría la retirada del permiso de conducir, pues puede suponerle el despido de la empresa con lo que ello implica sobre sus ingresos.
- 2- Cargas familiares.El investigado por alcoholemia debe demostrar que. si le quitan el permiso, las consecuencias las pagará toda su familia, por ello, es imprescindible que su sueldo sea el sustento de todo o gran parte del grupo familiar, que se utilice para el pago de la hipoteca, tarjetas de crédito, suministros de gas, luz, agua…, o también, en el caso de estar divorciado o separado, para hacer frente al pago mensual de una pensión de alimentos. Al condenar al conductor se podría estar condenando a toda la familia, menores incluidos.
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- Este requisito pretende probar que la retirada del permiso supondría probablemente el desencadenante de la apertura de otros procesos judiciales debido a la falta de ingresos. Por ejemplo, no podría pagar la hipoteca lo que puede significar que el banco inicie un proceso de ejecución hipotecaria, si está divorciado, su ex-mujer (o su exmarido) puede reclamarle la pensión de sus hijos o denunciarle por impago de la misma (penado con penas que pueden llevar a la cárcel), etc.
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- Propuesta de fraccionamiento. Hay que esperar a la firmeza de la sentencia para poder solicitar el aplazamiento de la pena. Una vez abierta la fase de ejecución por el Juzgado Penal correspondiente (no por el Juzgado de Guardia donde se celebra el juicio rápido por alcoholemia), se ha de proceder a través del abogado a pedir o solicitar al Juez el aplazamiento de la pena presentándole, al mismo tiempo, un plan de fraccionamiento de la misma. Por ejemplo, propuesta de conducir tan solo los días laborables; calendario de fines de semana, puentes y vacaciones de los que disponga el penado -con días y fechas concretos-, en número suficiente para dar cumplimiento al periodo de privación del permiso que le ha sido impuesto, a los efectos de la correspondiente liquidación de la pena.
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No todos los juzgados permiten el fraccionamiento temporal de la pena de privación del permiso de conducir. Algunas Audiencias Provinciales sí tienen un criterio favorable, ya que consideran que el Código Penal no prohíbe cumplir la pena a plazos y, por tanto, ha de permitirse. También opinan que cumplir la pena de retirada de manera íntegra e inmediata puede producir un daño económico muy considerable cuando su turismo/furgoneta/camión es su herramienta de trabajo.
Los fundamentos jurídicos de esta posibilidad en la ejecución de esta concreta pena
Se basan en:
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- El silencio del Código Penal en esta cuestión.
- Una interpretación favorable al reo. Se concreta en la conciliación entre la ejecución de la pena y la vida laboral (la privación del permiso de conducir llevaría aparejada una privación de ejercer su profesión u oficio al penado, que no le ha sido impuesta -pena laboral-)
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Como precedentes jurisprudenciales sobre esta cuestión cabe citar, entre otros, las sentencias de AP Madrid, Sec. 17ª, 242/2009, de 9 de marzo y de AP Castellón, Sc. 2ª, 142/2009, de 4 de mayo.
En Italia, si está previsto el fraccionamiento de una retirada administrativa del permiso. Si la tasa de alcohol no resulta superior a 0,8 g por litro, al infractor se le aplicaría una “simple” sanción administrativa. Esta sanción podría oscilar entre un mínimo de 544 € y un máximo de 2.174 €, así como la suspensión del permiso de conducir de tres a seis meses. De todas formas, al no ser delito, ningún Tribunal penal se ocupará del asunto. Si hubiese un nivel de alcoholemia superior al umbral mencionado, en este caso la sentencia penal se convertirá en una consecuencia ineludible.
La tasa de alcohol en sangre inferior a 0,8 g/l es la única hipótesis para solicitar un permiso de conducción por motivos laborales, de duración limitada.
Solicitar un nuevo permiso
Para poder solicitar un permiso para poder seguir trabajando como conductor tras la suspensión de su permiso de conducir deben coexistir las siguientes condiciones:
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- La infracción cometida no puede haber implicado un accidente de tráfico.
- La solicitud a las autoridades administrativas-debidamente motivada- debe realizarse en el plazo perentorio de 5 días desde la pérdida de vigencia del permiso de conducir;
- El permiso sólo puede expedirse para determinadas franjas horarias;
- El permiso no puede tener una duración superior a tres horas diarias;
- El lugar de trabajo o el domicilio de la persona discapacitada no debe ser fácilmente accesible en transporte público;
- El permiso especial laboral sólo puede ser expedido una única vez.
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Hay que recuperar (y con intereses) las horas de conducción.
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