Detenciones por los agentes de tráfico, diccionario vial

por | Ago 7, 2024 | DICCIONARIO VIAL

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Causas por las que un agente puede inmovilizar el vehículo


Concepto de «Detenciones por los agentes de tráfico» perteneciente al diccionario vial para complementar las clases teóricas en la obtención del carnet de conducir.

 

10.1- Clasificación de las inmovilizaciones. Las detenciones. Teórica de coche fácil y gratis.

Inmovilizacion de vehiculo por agentes de trafico con cepo

Inmovilización de vehículo por agentes de tráfico con cepo

 

Una inmovilización de un vehículo puede deberse a factores relacionados con el conductor, el vehículo en sí, o la carga que transporta.

 


Autoridades y orden de inmovilización

 

Los agentes encargados de la vigilancia del tráfico tienen la facultad de ordenar la inmovilización de un vehículo si se infringe alguna norma de la ley de circulación o si el comportamiento del conductor supone un riesgo grave para los demás usuarios de la vía. Esta medida se levanta una vez que desaparecen las causas que la motivaron.

 

 


Causas de inmovilización imputables al conductor

 

1. Negativa a pruebas de detección.

Si el conductor se niega a realizar pruebas de alcoholemia o de detección de estupefacientes, o si los resultados de estas pruebas superan los límites legales, el vehículo será inmovilizado hasta que el conductor esté en condiciones de conducir o hasta que otra persona autorizada pueda hacerse cargo del vehículo.

2. Falta de casco o autorización de estacionamiento.

Un ciclomotor o motocicleta será inmovilizado si el conductor no lleva casco o si no tiene el ticket de autorización para estacionar en zonas limitadas. La inmovilización se levantará una vez que se corrijan estas faltas.

3. Residencia y pago de multas.

También se inmovilizará si el conductor no puede acreditar su residencia habitual en España y no paga la multa correspondiente, o si ha conducido durante un periodo excesivo sin realizar los descansos necesarios.

 

Causas de inmovilización imputables al vehículo

 

1. Seguro y permisos

Un vehículo será inmovilizado si no cuenta con el seguro obligatorio vigente, o si circula sin los permisos o licencias de conducción correspondientes.

2. Niveles de emisiones y modificaciones no autorizadas

También será inmovilizado si supera los niveles de emisiones permitidos, si se han realizado modificaciones no autorizadas, o si los instrumentos de control han sido manipulados.

3. Deficiencias técnicas

Si el vehículo presenta deficiencias que representan un peligro para la circulación o no está equipado con cadenas o neumáticos en zonas donde son necesarios, será inmovilizado.

4. Inspección técnica

Si un vehículo no ha pasado la inspección técnica obligatoria tras un resultado negativo, los agentes pueden intervenir el permiso de circulación y otorgar al conductor un resguardo válido por 10 días para realizar la inspección. Si no se cumple, el vehículo podrá ser precintado.

 

Causas de inmovilización imputables a la carga

 

1. Dimensiones y peso

Un vehículo será inmovilizado si la carga excede las dimensiones máximas permitidas o si su masa o longitud supera en un 10% los límites legales. También se inmovilizará si el número de ocupantes excede en un 50% el número de plazas autorizadas, excluyendo al conductor.

2. Corrección de defectos

Los agentes pueden autorizar que el vehículo se desplace a un lugar cercano para corregir defectos de carga, técnicos o administrativos.

 

Inmovilización por estacionamiento antirreglamentario

 

Si un vehículo está estacionado de manera antirreglamentaria, sin ticket de autorización o excediendo el tiempo permitido, pero sin perturbar gravemente la circulación, los agentes pueden inmovilizarlo con un cepo. El conductor deberá pagar los gastos ocasionados por la inmovilización para recuperar el vehículo.

 

Retirada de vehículos de la vía pública

 

La administración puede retirar vehículos inmovilizados, abandonados o estacionados incorrectamente y depositarlos en un lugar designado.

1. Vehículos inmovilizados o abandonados. Serán retirados si constituyen un peligro para la circulación, deterioran el patrimonio público o se presume que están abandonados. También se retirarán vehículos accidentados que no puedan continuar, inmovilizados por deficiencias o falta de pago de infracciones, o sin seguro obligatorio si no se justifica en 5 días.

2. Retirada del depósito. La administración instará al propietario a retirar el vehículo en un plazo de 15 días. De lo contrario, será tratado como residuo sólido urbano. Si el propietario quiere deshacerse del vehículo, debe entregarlo en un centro autorizado con la documentación correspondiente.

3. Vehículos mal estacionados. La grúa retirará vehículos abandonados o mal estacionados para prevenir riesgos. Serán retirados si impiden, perturban o constituyen un peligro para la circulación, o si están estacionados en carriles reservados o zonas de estacionamiento limitado. Las Jefaturas de Tráfico pueden retirar definitivamente un vehículo si se considera un peligro para la seguridad.

Los gastos de retirada deben ser pagados por el titular del vehículo, salvo en caso de robo, y se deben garantizar antes de retirar el vehículo.


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