1.4- Capacidad para realizar operaciones de carga
Contenidos correspondientes al cuarto capitulo: “Capacidad para realizar operaciones de carga” del objetivo 1 del CAP (Formación avanzada sobre conducción racional basada en las normas de seguridad). Objetivo 1.4 Cap inicial
Presentación de Capacidad para realizar operaciones de carga
- Fuerzas que se aplican a los vehículos en movimiento,
- utilización de las relaciones de la caja de velocidades en función de la carga del vehículo y del perfil de la carretera,
- uso de los sistemas de transmisión automáticos,
- cálculo de la carga útil de un vehículo o de un conjunto de vehículos,
- cálculo del volumen útil,
- reparto de la carga,
- consecuencias de la sobrecarga por eje,
- estabilidad del vehículo y centro de gravedad,
- tipos de embalaje
- y apoyos de la carga.
Vídeos sobre el objetivo 1.4
Objetivo:
Ser capaz de realizar una operación de carga respetando las consignas de seguridad y la buena utilización del vehículo
Contenido:
Los contenidos que se deben impartir son:
- Fuerzas que se aplican a los vehículos en movimiento,
- utilización de las relaciones de la caja de velocidades en función de la carga del vehículo y del perfil de la carretera,
- uso de los sistemas de transmisión automáticos,
- cálculo de la carga útil de un vehículo o de un conjunto de vehículos,
- cálculo del volumen útil,
- reparto de la carga,
- consecuencias de la sobrecarga por eje,
- estabilidad del vehículo y centro de gravedad,
- tipos de embalaje
- y apoyos de la carga.
Cuales son los principales tipos de mercancías que requieren estiba, técnicas de calce y estiba, utilización de correas de estiba, verificación de los dispositivos de estiba, utilización de los medios de manipulación, y entoldado y desentoldado.
Duración:
Treinta horas de las que cinco serán de conducción efectiva por parte del alumno y el resto se impartirán en aula, si bien hasta un máximo de cinco de ellas podrán serle impartidas al alumno a bordo de un camión mientras otro alumno lo conduce.
Cuando se trate de un curso de formación acelerada, la duración será de quince horas de las que dos horas y treinta minutos serán de conducción efectiva por parte del alumno y el resto se impartirán en aula.
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
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