Sistemas de Retención Infantil en la normativa europea
El tratamiento del uso de los Sistemas de Retención Infantil en la normativa es frecuente. Sin irnos más lejos, el artículo 76 del Texto refundido Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial (Infracciones graves de tráfico) establece en su apartado h:
Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito (2158), las conductas tipificadas en esta ley referidas a:
- h) No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios .
La Directiva 2003/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de abril de 2003, modifica y cambia el nombre de la Directiva 91/671/CEE. Pasa a denominarse: “Directiva del Consejo de 16 de diciembre de 1991 relativa al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos” (abandonando el límite anterior de 3.500 kg). Esta Directiva fue modificada de nuevo por la Directiva de Ejecución 2014/37/UE de la Comisión, de 27 de febrero de 2014. Existe una versión consolidada AQUÍ
Ahora establece en su art. 1 que son obligatorios los cinturones y los dispositivos de retención en todos los vehículos de motor de las categorías:
- M (M1, M2 y M3) de transporte de personas y
- N (N1, N2 y N3) de transporte de mercancías.
En todos los casos:
- con un peso máximo que supere 1 tonelada
- y que tengan una velocidad máxima por construcción superior a 25 kilómetros por hora.
Clases y grupos de SRI
Los dispositivos de retención para niños los divide en cinco “grupos de masa”:
-
- a) el grupo 0 para niños que pesen menos de 10 kg;
- b) el grupo 0 + para niños que pesen menos de 13 kg;
- c) el grupo I para niños que pesen entre 9 kg y 18 kg;
- d) el grupo II para niños que pesen entre 15 kg y 25 kg;
- e) el grupo III para niños que pesen entre 22 kg y 36 kg
También indica que “Los dispositivos de retención para niños serán de dos clases:
- a) la clase integral, que comprende una combinación de correas o elementos flexibles con una hebilla de cierre, dispositivos de regulación, piezas de fijación y, en algunos casos, una silla suplementaria y/o una pantalla de impacto, que pueden anclarse por medio de su propia correa o correas integrales;
- b) la clase no integral, que puede comprender un dispositivo de retención parcial, el cual, empleado en combinación con un cinturón de seguridad para adulto que rodee el cuerpo del niño o sujete el dispositivo en el que esté colocado el niño, constituya un dispositivo completo de retención para niños.
Igualmente, es conveniente consultar :
- el Reglamento núm. 129 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE): Prescripciones uniformes relativas a la homologación de sistemas reforzados de retención infantil utilizados a bordo de vehículos de motor (SRI) (DOUE núm. 97, de 29.03.2014)
- y la Orden IET/1105/2014 del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de 26 de junio, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos, y en donde se indica que la norma ECE R129 (“talla-i”) es opcional (BOE núm. 168, de 30 de junio de 2014).
Norma de homologación
Hasta el momento, para que un asiento infantil pudiera ser utilizado en España (y en toda la UE) tenía que aprobar las pruebas incluidas en la norma de homologación ECE R44/04.
Los Sistemas de Retención Infantil en la normativa europea, actualmente se rigen por la norma R129. Es la nueva regulación europea destinada a hacer los asientos infantiles más seguros. La primera fase de esa norma es la implementación de la “talla-i” (i-size) con el objetivo de simplificar el proceso de elección y uso de las sillitas infantiles, haciéndolas más universales y sencillas de usar. Su objetivo es:
- mantener los niños más tiempo viajando en sistemas de retención infantil orientados hacia atrás,
- mejorar la protección en caso de impacto lateral
- y facilitar que sea más fácil ajustar los asientos correctamente.
La norma R129 todavía no está completamente desarrollada por los expertos en seguridad vial, los legisladores, los fabricantes de asientos y los fabricantes de automóviles por lo que seguirán apareciendo modificaciones durante los próximos años.
No es obligatorio sustituir los asientos para adaptarlos a la nueva norma y durante varios años seguirán conviviendo la norma R129 con la actual R44/04, que seguirá teniendo validez. Por ello los conductores pueden utilizando los actuales vehículos y los fabricantes pueden seguir vendiendo unidades que no cuenten con asientos “talla-i” siempre que cumplan con la norma R44/4. A partir de la fecha que se establezca como límite sólo se permitirá vender asientos adaptados a la nueva norma.
Sistemas de retención infantil ISOFIX universales e integrales
i-Size (sistemas de retención infantil ISOFIX universales e integrales) es la denominación de un nuevo sistema de regulación de sistemas con nuevos procedimientos de análisis y de uso, con el objeto de mejorar la seguridad infantil. No se trata de una denominación comercial, sino un nuevo procedimiento de homologación. Entró en vigor el 09.07.2013.
Las principales novedades de la nueva norma de homologación ECE R129 son:
- Los SRI pasan a estar clasificados por altura. Esta medida, según los expertos, resulta más intuitiva y con menos probabilidad de error. Evitará que los niños sean cambiados de grupo demasiado pronto como ocurre con la clasificación por peso.
- La nueva normativa obliga a los fabricantes a que sus productos superen unas duras y exigentes pruebas en colisiones frontales y laterales, añadiendo una nueva prueba de choque lateral. Además, los nuevos Sistemas de Retención Infantil ya son compatibles con los airbags de cortinilla que se montan en los laterales del vehículo y que evitan que la cabeza del menor salga del SRI y pueda quedar atrapada entre las cortinillas y las puertas.
- Establece, además, que el sistema de sujeción para sillitas ISOFIX ya no es obligatorio para las sillas de automóviles para niños de 100 a 150 cm, sino que será opcional, es decir, puede o no usarse Isofix, pero en cualquier caso es obligatorio utilizar alzador con respaldo. Esto es debido a las mejoras que incorporan los vehículos en sus propios cinturones de seguridad.
- La norma R129 no permitirá elevadores sin respaldo, ya que estos son desaconsejados por los expertos. Se prescinde de la clasificación en función de grupos 0/0+/I/II/III (y sus correspondientes intervalos de peso) y cada asiento simplemente indicará la talla (estatura) y peso máximo de los niños que puedan usarla.
- Se garantiza que todos los asientos orientados hacia atrás puedan ser utilizados, al menos, hasta los 15 meses de edad. Obligan a los menores hasta esa edad, a viajar en esas condiciones. Incluso algunos nuevos asientos de “talla–i” permitirán que los niños puedan viajar de esa forma hasta que tengan 4 años si es el deseo de sus padres. Con ello se promueve el uso de asientos infantiles orientados hacia atrás. Esta orientación es mucho más segura en carretera para los niños que viajar mirando hacia adelante. No es ese el caso en el tráfico urbano donde se producen muchos alcances.
- Se determinan unas dimensiones máximas del asiento infantil y unas dimensiones mínimas de las plazas de los vehículos automóviles. Así, un asiento que haya sido homologado según esta norma “talla-i” podrá ser usado en cualquier plaza de “talla-i” de los vehículos. De este modo, ya no sucederá como con la actual normativa ECE R44/04, en la que había asientos universales, semi-universales para ciertos modelos de vehículos, específicos… En el caso de la ECE R129, todos los asientos serán “universales” y podrán usarse en todos los vehículos que cuenten con plazas “talla-i”.
- Los asientos infantiles “talla-i”, homologados según la nueva norma ECE R129, mostrarán también el logo siguiente, con la letra “i”:
- Por otro lado, las plazas de los vehículos que cumplan con las dimensiones “talla-i”, permitirán que se pueda instalar en ellas cualquier asiento infantil “i-size”.
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