Excepciones a situaciones donde está prohibido adelantar
¿Quiénes tienen derecho a realizar adelantamientos prohibidos? Descubre aquí cuáles son las excepciones para los adelantamientos prohibidos. Excepciones, adelantamientos prohibidos!
Fuente del vídeo DGT
Curiosidades
El adelantamiento es una de las maniobras más peligrosas que puede realizar un conductor, sobretodo porque se realiza a velocidad elevada y, normalmente, se invade el sentido contrario. Por ello existe una amplia normativa que regula los lugares y situaciones donde no se puede realizar esta maniobra, sobretodo está prohibida en aquellas situaciones en las que se pone en peligro a otros usuarios y cundo se invada el sentido contrario en lugares sin visibilidad.
Excepciones
Sin embargo, hay algunas excepciones en las que se puede adelantar en prohibido, siempre que se realice sin comprometer la seguridad y la fluidez del tráfico2. Estas son:
- Cuando el vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado.
- En intersecciones en las que que se goza de prioridad con señal que lo indica.
- Cuando se circule por una calzada con dos o más carriles reservados al mismo sentido de la marcha y y no se invada el sentido contrario.
- Cuando se trate de vehículos de dos ruedas que no impidan la correcta visibilidad.
- Cuando se trate de ciclistas o usuarios vulnerables en carretera, siempre que se deje una distancia lateral de 1,5 metros al adelantar.
- En las glorietas, siempre que las dimensiones sean suficientes como para no poner en riesgo a otros vehículos.
- En los túneles con dos o más carriles en el mismo sentido, al no tener que ocupar el sentido contrario de circulación.
- A vehículos inmovilizados en la calzada o arcén.
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