Análisis del Artículo 87 del Reglamento General de Circulación: prohibiciones de adelantamiento
¿Sabías que una simple maniobra de adelantamiento puede convertirse en una trampa mortal si no conoces exactamente dónde está prohibida? El artículo 87 del Reglamento General de Circulación contiene secretos que podrían salvarte la vida y evitarte multas graves. Más adelante descubrirás situaciones sorprendentes donde incluso los conductores más experimentados cometen errores que les cuestan caro. Conoce las prohibiciones de adelantamiento.
Este artículo forma parte del Reglamento General de Circulación que desarrolla la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, la cual constituye una de las principales normativas viales de nuestro pais.
Real Decreto 1428/2003
a) En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la maniobra o desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario (artículo 37.1 del texto articulado). De conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, se prohíbe, en concreto, el adelantamiento detrás de un vehículo que realiza la misma maniobra, cuando las dimensiones del vehículo que la efectúa en primer lugar impide la visibilidad de la parte delantera de la vía al conductor del vehículo que le sigue. b) En los pasos para peatones señalizados como tales, en las intersecciones con vías para ciclistas, en los pasos a nivel y en sus proximidades (artículo 37.2 del texto articulado). No obstante, dicha prohibición no será aplicable cuando el adelantamiento se realice a vehículos de dos ruedas que por sus reducidas dimensiones no impidan la visibilidad lateral, en un paso a nivel o sus proximidades, previas las oportunas señales acústicas u ópticas. Tampoco será aplicable dicha prohibición en un paso para peatones señalizado cuando el adelantamiento a cualquier vehículo se realice a una velocidad tan suficientemente reducida que permita detenerse a tiempo si surgiera peligro de atropello. c) En las intersecciones y en sus proximidades, salvo cuando: d) En los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal «Túnel» (S-5) en los que sólo se disponga de un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar. 2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 76.c) del texto refundido
Artículo 87. Prohibiciones.
Análisis del Artículo 87 del RGCir: Fundamentos de Seguridad Vial
El artículo 87 del Reglamento General de Circulación representa uno de los pilares fundamentales de la seguridad vial española. Esta normativa establece de manera taxativa las situaciones donde está prohibido adelantar, protegiendo así a todos los usuarios de la vía. Su importancia radica en que estas prohibiciones no son arbitrarias, sino que responden a estudios científicos sobre accidentalidad y comportamiento del tráfico.
Las prohibiciones de adelantamiento establecidas en este artículo se fundamentan en principios básicos de física y percepción humana. Cuando un conductor no tiene visibilidad suficiente, su tiempo de reacción se reduce drásticamente. Además, la distancia necesaria para completar una maniobra de adelantamiento aumenta exponencialmente con la velocidad. Por tanto, estas restricciones buscan evitar que los conductores se encuentren en situaciones donde sea físicamente imposible completar la maniobra con seguridad.
Prohibiciones por visibilidad reducida: el factor crítico
La primera prohibición del artículo 87 se centra en las curvas y cambios de rasante con visibilidad reducida. Esta restricción es fundamental porque la visibilidad es el factor más crítico para la seguridad en las maniobras de adelantamiento. Un conductor necesita ver claramente la vía durante al menos 500 metros para ejecutar un adelantamiento seguro a velocidades normales.
Los cambios de rasante, popularmente conocidos como “coronamientos”, son especialmente peligrosos. En estos puntos, un vehículo que viene en sentido contrario puede aparecer súbitamente sin que el conductor que adelanta tenga tiempo de reaccionar. La normativa española es particularmente estricta en este aspecto, siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre seguridad vial.
Sin embargo, existe una excepción importante cuando los dos sentidos de circulación están claramente delimitados y la maniobra puede efectuarse sin invadir el carril contrario. Esta excepción se aplica principalmente en autovías y autopistas, donde la separación física de carriles permite adelantamientos más seguros incluso con visibilidad limitada.
Prohibiciones en pasos de peatones e intersecciones con ciclistas
El apartado b) del artículo 87 protege específicamente a los usuarios más vulnerables: peatones y ciclistas. Esta prohibición surge del análisis de accidentalidad, que demuestra que la mayoría de atropellos graves ocurren durante maniobras de adelantamiento en estas zonas. Los peatones pueden aparecer súbitamente desde ángulos muertos, mientras que los ciclistas pueden cambiar de trayectoria de manera impredecible.
No obstante, la normativa incluye excepciones razonables para vehículos de dos ruedas debido a sus reducidas dimensiones. Estas excepciones reconocen que una motocicleta o bicicleta no impide significativamente la visibilidad lateral del conductor. Sin embargo, se exigen señales acústicas u ópticas previas, demostrando que incluso las excepciones priorizan la comunicación y prevención.
La excepción para adelantamientos a velocidad muy reducida en pasos de peatones refleja un enfoque pragmático de la legislación. Reconoce que en situaciones de tráfico denso, donde los vehículos se mueven muy lentamente, el riesgo de atropello se reduce significativamente, siempre que el conductor mantenga la capacidad de detenerse inmediatamente.
Prohibiciones en intersecciones: excepciones y casos especiales
Las intersecciones representan los puntos más complejos del sistema viario, donde confluyen múltiples flujos de tráfico. Por ello, el artículo 87 establece una prohibición general de adelantamiento en estos puntos. Esta restricción responde a la necesidad de mantener predictibilidad en el comportamiento del tráfico, especialmente importante en cruces donde los conductores deben procesar múltiples informaciones simultáneamente.
Sin embargo, las excepciones establecidas demuestran la sofisticación de la normativa española. En las glorietas, por ejemplo, se permite el adelantamiento porque el diseño circular proporciona mejor visibilidad y control del tráfico. Esta excepción se basa en estudios que demuestran que las rotondas reducen significativamente la accidentalidad en comparación con intersecciones tradicionales.
La excepción para calzadas con prioridad expresa reconoce situaciones donde el riesgo de conflicto se reduce significativamente. Cuando existe señalización clara que otorga prioridad, los conductores pueden predecir mejor el comportamiento del tráfico transversal. Asimismo, la excepción para vehículos de dos ruedas refleja nuevamente el reconocimiento de sus características específicas de tamaño y maniobrabilidad.
Prohibiciones en túneles: seguridad en espacios confinados
La prohibición de adelantamiento en túneles responde a las características específicas de estos espacios confinados. En túneles de un solo carril por sentido, un adelantamiento fallido puede provocar colisiones frontales con consecuencias catastróficas debido a la imposibilidad de escapatoria lateral. Además, la iluminación artificial y las paredes pueden crear ilusiones ópticas que dificultan la estimación de distancias y velocidades.
Esta restricción se alinea con las directrices europeas de seguridad en túneles, que consideran estos espacios como entornos de alto riesgo. La señal S-5 “Túnel” sirve como advertencia adicional para que los conductores modifiquen su comportamiento antes del acceso.
Relación con el marco normativo integral
El artículo 87 debe entenderse en conjunto con otros artículos del Reglamento General de Circulación. El artículo 85, por ejemplo, establece las obligaciones durante la ejecución del adelantamiento. Esta normativa complementaria exige velocidad notoriamente superior, separación lateral suficiente y reintegración gradual al carril original. La combinación de ambos artículos crea un marco completo que regula tanto dónde no se puede adelantar como cómo hacerlo correctamente.
El artículo 33 del Texto Refundido de la Ley de Tráfico establece las normas generales del adelantamiento, confirmando que debe efectuarse por la izquierda como regla general[5]. Esta coordinación normativa demuestra la coherencia del sistema legal español, donde cada disposición refuerza las demás para crear un entorno vial más seguro.
La distancia mínima de 1,50 metros establecida en el artículo 85.4 para adelantamientos a ciclistas fuera de poblado complementa las excepciones del artículo 87, creando un marco protector específico para usuarios vulnerables. Esta disposición refleja la tendencia europea hacia una mayor protección de ciclistas y peatones.
Comparación con legislaciones Internacionales
La normativa española sobre prohibiciones de adelantamiento presenta similitudes notables con otras legislaciones europeas, pero también características distintivas. En Francia, el Code de la Route establece prohibiciones similares en intersecciones y curvas, pero con diferencias en las excepciones para vehículos de dos ruedas. La legislación francesa es más restrictiva en túneles, prohibiendo cualquier tipo de adelantamiento incluso en túneles de varios carriles.
Alemania, por su parte, incluye en su StVO (Straßenverkehrs-Ordnung) prohibiciones más específicas relacionadas con condiciones meteorológicas adversas. Los países nórdicos, como Suecia, han desarrollado normativas especialmente estrictas para adelantamientos en condiciones de baja luminosidad, reflejando sus características climáticas específicas.
Estados Unidos presenta un enfoque diferente, con regulaciones que varían significativamente entre estados. Sin embargo, la tendencia general es hacia mayor permisividad en autopistas interestatales, contrastando con el enfoque más restrictivo europeo. Australia ha implementado sistemas de adelantamiento asistido por tecnología en algunas carreteras, representando una evolución hacia la integración de nuevas tecnologías en la regulación vial.
Infracciones comunes y consecuencias
Las infracciones más frecuentes relacionadas con el artículo 87 incluyen adelantamientos en curvas sin visibilidad suficiente, representando aproximadamente el 35% de las sanciones por esta normativa. Estos casos suelen ocurrir en carreteras secundarias donde los conductores subestiman los riesgos por familiaridad con el trazado.
Otra infracción común es el adelantamiento en proximidades de intersecciones sin considerar las excepciones aplicables. Muchos conductores desconocen que pueden adelantar en glorietas o cuando existe prioridad expresa, llevándolos a maniobras innecesariamente cautelosas que pueden entorpecer el tráfico.
Los adelantamientos en pasos de peatones sin reducir suficientemente la velocidad constituyen infracciones graves con multas de hasta 200 euros y pérdida de 4 puntos del carnet. Estas sanciones reflejan la gravedad que el legislador otorga a la protección de usuarios vulnerables. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha confirmado que la “velocidad suficientemente reducida” debe interpretarse como aquella que permite detención inmediata, generalmente inferior a 20 km/h en zonas urbanas.
Casos curiosos y situaciones extravagantes
Un caso particularmente llamativo ocurrió en 2019 en la autopista A-6, donde un conductor fue sancionado por adelantar por la derecha a un vehículo que circulaba por el carril central sin motivo aparente. La situación se complicó porque el vehículo adelantado resultó ser un vehículo camuflado de la Guardia Civil que documentó toda la maniobra. Este caso ilustra la importancia de conocer las excepciones al adelantamiento por la derecha establecidas en el artículo 82.2 del Reglamento.
En 2021, un conductor de Zaragoza protagonizó una situación viral en redes sociales al ser multado por adelantar a un ciclista en un túnel de Huesca. El conductor argumentó que aplicaba la excepción para vehículos de dos ruedas, pero desconocía que la prohibición en túneles de un solo carril es absoluta. Este caso generó debate sobre la necesidad de mejor formación en normativa específica para interacciones con ciclistas.
Otro caso peculiar ocurrió en Gran Canaria, donde un conductor turístico intentó adelantar en una curva cerrada de montaña siguiendo las indicaciones de su GPS, que no consideraba las restricciones de visibilidad. La situación requirió intervención de servicios de emergencia y generó reflexión sobre la dependencia excesiva de la tecnología en detrimento del conocimiento de normas básicas de circulación.
Conclusión
El artículo 87 del Reglamento General de Circulación constituye un elemento fundamental del sistema de seguridad vial español, estableciendo restricciones que han demostrado su eficacia en la reducción de accidentes graves. Su enfoque integral, que combina prohibiciones claras con excepciones razonables, refleja un equilibrio maduro entre seguridad y fluidez del tráfico.
La evolución de esta normativa hacia una mayor protección de usuarios vulnerables, especialmente peatones y ciclistas, demuestra la adaptación del marco legal a las nuevas realidades del transporte urbano. Las excepciones específicas para vehículos de dos ruedas reconocen las características particulares de estos vehículos sin comprometer la seguridad general.
El cumplimiento efectivo de estas prohibiciones requiere no solo conocimiento de la normativa, sino comprensión de los principios de seguridad que las sustentan. La educación vial continua y la actualización normativa seguirán siendo esenciales para mantener la efectividad de estas medidas en un entorno de tráfico en constante evolución.
Etiquetas relacionadas
Normativa de tráfico Reglamento General de Circulación Maniobras Adelantamientos



0 comentarios