Dimensiones de la carga. Artículo 15 del RGC

por | Dic 25, 2024 | Reglamento General Circulación

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Análisis del artículo 15 del Reglamento General de Circulación


Imagina que vas conduciendo por una carretera y el vehículo frente a ti lleva una carga que sobresale de forma incorrecta. Te preguntarás: ¿Cómo esto afecta mi seguridad? En este artículo analizaremos cómo se regula la disposición de la carga en un vehículo según el Artículo 15 del RGC (Reglamento General de Circulación), con un enfoque en la educación y la seguridad vial. ¡Al final, también descubrirás datos curiosos que probablemente desconocías! Dimensiones de la carga.

 


Boletín Oficial del Estado

 

Artículo 15. Dimensiones de la carga.

1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

1.º En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.

2.º En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.

b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento.

4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida.

Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.

7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.

8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo dispuesto en su autorización.

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Dimensiones de la carga. Artículo 15 del RGC Reglamento general de circulacion

Dimensiones de la carga. Artículo 15 del RGC Reglamento general de circulación

 


¿Qué dice el Artículo 15 sobre las dimensiones de la carga?

 

El Artículo 15 del Reglamento General de Circulación establece las normas sobre cómo debe estar dispuesta la carga en un vehículo. A continuación, desglosamos sus puntos principales:

1. Regla general: la carga no debe sobresalir

La regla básica es clara: la carga no puede sobresalir del perímetro del vehículo, salvo excepciones específicas. Esta norma es fundamental para garantizar que los vehículos puedan maniobrar sin causar accidentes. En vehículos de tracción animal, la proyección incluye la parte frontal hasta la cabeza del animal.

2. Excepciones para vehículos de transporte de mercancías

En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, se permiten ciertas excepciones:

Cargas indivisibles largas:
  • Vehículos de más de 5 metros: la carga puede sobresalir 2 metros por delante y 3 por detrás.
  • Vehículos de 5 metros o menos: un tercio de la longitud del vehículo por cada extremo.
Cargas indivisibles anchas:

Si la carga es más ancha que el vehículo, puede sobresalir hasta 0,40 metros por cada lado, sin superar los 2,55 metros de ancho total.

3. Vehículos no destinados a transporte de mercancías

En estos casos, la carga puede sobresalir por la parte posterior hasta un 10% de la longitud del vehículo, o un 15% si es indivisible.

4. Vehículos estrechos

Si el vehículo tiene menos de un metro de ancho, la carga no puede sobresalir lateralmente más de 0,50 metros por cada lado, ni más de 0,25 metros por detrás.

5. Precauciones adicionales

Cuando la carga sobresale dentro de los límites permitidos, deben adoptarse medidas para evitar daños a otros usuarios. Esto incluye proteger los extremos de la carga para reducir riesgos.

6. Señalización obligatoria

Paneles V-20: Se deben colocar paneles de señalización en las cargas que sobresalen por detrás.

Señales luminosas: En condiciones de baja visibilidad, señales rojas para la parte trasera y blancas para la delantera.

Cargas laterales: Si la carga sobresale más de 0,40 metros del borde del vehículo, se debe usar iluminación y dispositivos reflectantes.

7. Transportes especiales

Los vehículos en régimen de transporte especial se regulan por su propia autorización.

 

 


Relación con otros artículos del RGC y leyes de tráfico

 

Este artículo guarda conexión con el resto de artículos del RGC del CAPÍTULO II: De la carga de vehículos y del transporte de personas y mercancías o cosas). Ambos se centran en garantizar la seguridad vial mediante normas claras para la disposición y manipulación de las cargas.

En el “Texto refundido de la ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial”, también se menciona la importancia de mantener el vehículo en condiciones seguras, incluyendo la distribución de la carga.

 

Comparación internacional

En países como Alemania, las normas son similares, pero las sanciones pueden ser más severas. Por ejemplo, el código de tráfico alemán establece multas elevadas por cargas mal aseguradas.

En Estados Unidos, cada estado tiene regulaciones propias, pero en general se exige el uso de banderas o luces para cargas que sobresalen.

 


Importancia educativa y de seguridad vial

 

¿Por qué es crucial cumplir estas normas?

Una carga mal dispuesta puede desestabilizar el vehículo, aumentar la distancia de frenado o causar accidentes graves. Además, una carga sobresaliente sin señalización adecuada es un peligro directo para otros conductores.

Ejemplo práctico

Un conductor transporta una escalera larga en un vehículo pequeño sin señalizarla correctamente. En un giro cerrado, la escalera golpea otro vehículo. Este tipo de incidentes son comunes y prevenibles siguiendo las normas.

 


Situación curiosa sobre la carga

 

En un caso ocurrido en Reino Unido, un conductor transportó un sofá en el techo de un coche pequeño sin sujetarlo adecuadamente. El sofá cayó en plena autopista, causando un caos vial. Este incidente muestra cómo ignorar las normas puede tener consecuencias graves.

 

Artículo 15. Dimensiones de la carga. Reglamento General de Circulación

 


Conclusión a dimensiones de la carga

 

La disposición correcta de la carga en un vehículo no es solo una cuestión legal, sino también de seguridad vial. Cumplir con el Artículo 15 del Reglamento General de Circulación protege tanto a conductores como a peatones. Recuerda siempre asegurarte de que la carga esté bien sujeta y señalizada. ¡Tu seguridad y la de los demás depende de ello!

Artículo 15 del RGC. Reglamento General de Circulación

 

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