Lugares prohibidos para el estacionamiento y la parada. Artículo 94 del RGCir

por | Jul 12, 2025 | Reglamento General Circulación, NORMATIVA DE TRÁFICO

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Análisis del Artículo 94 del RGCir: lugares prohibidos para el estacionamiento y la parada


Imagina esta situación: después de dar vueltas buscando sitio, dejas el coche un momento en un lugar que parece inofensivo. Al volver, te encuentras con una multa. ¿La razón? Una simple parada o un estacionamiento en un lugar prohibido. Muchos conductores desconocen los detalles cruciales del Artículo 94 del Reglamento General de Circulación, una norma diseñada no solo para multar, sino para proteger vidas. Pero, ¿sabías que una parada en el lugar equivocado puede ser tan peligrosa como el exceso de velocidad y acarrear sanciones muy graves? Sigue leyendo y descubre todos los secretos de esta normativa, cómo evitar multas y, lo más importante, cómo contribuir a una circulación más segura para todos. Conoce los lugares prohibidos para el estacionamiento y la parada.

 


Real Decreto 1428/2003

 

Artículo 94. Lugares prohibidos.

 

  1. Queda prohibido parar:
    1. En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal «Túnel».
    2. En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
    3. En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
    4. En las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos, o en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
    5. Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación.
    6. En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
    7. En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.
    8. En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.
    9. En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.
    10. En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones (artículo 40.j del texto refundido).
  2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
    1. En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.
    2. En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o cuando, colocado el distintivo, se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la ordenanza municipal.
    3. En zonas señalizadas para carga y descarga.
    4. En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos.
    5. Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.
    6. Delante de los vados señalizados correctamente.
    7. En doble fila (artículo 40.g del texto articulado).
  3. Las paradas o estacionamientos en los lugares enumerados en los párrafos a), d), e), f), g) e i) del apartado 1, en los pasos a nivel y en los carriles destinados al uso del transporte público urbano tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 76.d) del texto articulado.

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Lugares prohibidos para el estacionamiento y la parada. Artículo 94 del RGCir

Lugares prohibidos para el estacionamiento y la parada. Artículo 94 del RGCir

 


Entendiendo el artículo 94 del Reglamento General de Circulación

 

Para entender bien este artículo, primero debemos tener clara una distinción fundamental que muchos conductores pasan por alto. No es lo mismo parar que estacionar.

  • Parada: Es cuando detienes tu vehículo por un tiempo inferior a dos minutos y, muy importante, no lo abandonas. Por ejemplo, para que alguien baje o suba rápidamente.
  • Estacionamiento: Es cualquier inmovilización que no sea una parada ni una detención forzosa (por avería o emergencia). Si te bajas del coche o la inmovilización dura más de dos minutos, estás estacionando.

Entender esto es clave, porque hay lugares donde puedes parar pero no estacionar, y otros donde ambas maniobras están totalmente prohibidas. El artículo 94 lo explica a la perfección.

 


Lugares prohibidos para la parada (y por extensión, para el estacionamiento)

 

Lugares prohibidos para el estacionamiento y la parada. Artículo 94 del RGCir

Lugares prohibidos para el estacionamiento y la parada. Artículo 94 del RGCir

El apartado 1 del artículo 94 detalla los lugares donde el simple hecho de parar supone un riesgo tan elevado que está terminantemente prohibido. Si no puedes parar, lógicamente, tampoco puedes estacionar. Analicemos cada punto desde la perspectiva de la seguridad vial.

 

a) Curvas, cambios de rasante, túneles y similares

  • La norma dice: Prohibido parar en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, túneles, pasos inferiores y tramos señalizados como “Túnel”.
  • La razón de seguridad: Es puro sentido común. En estos lugares, tu vehículo se convierte en un obstáculo sorpresa. Otro conductor que circule a la velocidad permitida no tendrá tiempo de verte ni de reaccionar, provocando una colisión casi segura. En un túnel, las consecuencias son aún peores por la falta de escapatorias.

 

b) Pasos de peatones, ciclistas y a nivel

  • La norma dice: Prohibido parar en pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
  • La razón de seguridad: Estos son puntos sagrados de la vía, diseñados para proteger a los usuarios más vulnerables. Detener tu coche ahí obliga a peatones o ciclistas a invadir la calzada para sortearte, exponiéndolos a un atropello. En un paso a nivel, el riesgo de ser arrollado por un tren es evidente.

 

c) Carriles de uso exclusivo

  • La norma dice: Prohibido parar en carriles reservados solo para la circulación o para ciertos usuarios.
  • La razón de seguridad: Si un carril está reservado, por ejemplo, para acelerar o decelerar (un carril de incorporación o salida), detenerse en él crea una situación de máximo peligro al romper por completo el flujo y la velocidad del tráfico para el que fue diseñado.

 

d) Intersecciones

  • La norma dice: Prohibido parar en intersecciones y sus proximidades si dificultas el giro o, en vías interurbanas, si creas peligro por falta de visibilidad.
  • La razón de seguridad: Las intersecciones son los puntos más complejos de la circulación. Un coche parado puede bloquear la trayectoria de giro de otros vehículos, obligándoles a realizar maniobras peligrosas. Además, puede actuar como una pantalla que impide ver a otros coches o peatones que se aproximan.

 

e) Vías de tranvía

  • La norma dice: Prohibido parar sobre los raíles de tranvías o tan cerca que se entorpezca su paso.
  • La razón de seguridad: Un tranvía es un vehículo pesado que circula sobre una trayectoria fija y necesita mucha más distancia para frenar que un coche. Obstaculizar su camino no solo interrumpe un servicio público, sino que puede causar un accidente grave por alcance.

 

f) Lugares que tapan señales

  • La norma dice: Prohibido parar donde impidas la visibilidad de las señales de tráfico.
  • La razón de seguridad: Las señales son el lenguaje de la carretera. Si tu vehículo tapa una señal de STOP, un Ceda el Paso o un límite de velocidad, estás “cegando” a los demás conductores. Esto puede inducir a errores fatales que terminen en un accidente grave.

 

g) Autopistas y autovías

  • La norma dice: Prohibido parar en autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello (áreas de servicio o descanso).
  • La razón de seguridad: Son las vías más rápidas. Parar en el arcén (salvo por emergencia) es extremadamente peligroso. La diferencia de velocidad entre tu coche detenido y los que circulan es tan brutal que cualquier distracción de otro conductor puede convertir tu vehículo en el objetivo de un impacto a alta velocidad.

 

h) e i) Carriles y zonas para transporte público

  • La norma dice: Prohibido parar en carriles bus y en zonas de parada de transporte público.
  • La razón de seguridad: No es solo una cuestión de entorpecer el servicio. Si un autobús tiene que detenerse en medio de la calzada porque su parada está ocupada, los pasajeros tienen que subir y bajar en una zona insegura. Además, se obstaculiza el resto del tráfico, generando retenciones y maniobras imprevistas.

 

j) Zonas de minusválidos y pasos de peatones

  • La norma dice: Prohibido parar en zonas para personas con movilidad reducida y en pasos de peatones.
  • La razón de seguridad: Este punto refuerza el apartado b) y es una de las infracciones más insolidarias. Ocupar una plaza para PMR, aunque sea “un minuto”, supone una falta de respeto y un perjuicio enorme para quienes realmente la necesitan.

 

 


Lugares específicamente prohibidos para el estacionamiento

 

El apartado 2 del artículo 94 añade otros lugares donde, aunque podrías hacer una parada breve (menos de 2 minutos y sin abandonar el vehículo), está totalmente prohibido estacionar.

 

a) En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.

  • Lógicamente, si está prohibido realizar una parada de corta duración, también lo estará el estacionamiento

 

b) Zona de estacionamiento regulado (ORA, SER…)

  • La norma dice: Prohibido estacionar sin poner el tique o pasándose del tiempo máximo.
  • La razón de seguridad: Aunque parece una norma de recaudación, tiene un fin de ordenación del tráfico. Busca la rotación de vehículos para que más personas puedan acceder a zonas de alta demanda (centros de ciudades, hospitales, etc.), reduciendo el tráfico de agitación de coches buscando aparcamiento.

 

c) Zonas de carga y descarga

  • La norma dice: Prohibido estacionar en estas zonas (durante las horas de servicio).
  • La razón de seguridad: Ocupar estas zonas obliga a los transportistas a realizar la carga y descarga en doble fila o en lugares inadecuados. Esto no solo obstaculiza gravemente el tráfico, sino que pone en riesgo a los propios operarios y al resto de usuarios de la vía.

 

d), e) y f) Zonas de minusválidos, aceras y vados

  • La norma dice: Prohibido estacionar en zonas de PMR, sobre aceras y paseos, y delante de vados.
  • La razón de seguridad: Estacionar sobre la acera es una de las infracciones más peligrosas. Obliga a peatones, carritos de bebé o sillas de ruedas a bajar a la calzada. Un vado garantiza la entrada y salida de vehículos de un inmueble, y bloquearlo puede impedir la salida de un vehículo en una emergencia.

 

g) Doble fila

  • La norma dice: Prohibido estacionar en doble fila.
  • La razón de seguridad: Estacionar en doble fila reduce la capacidad de la vía a la mitad, genera atascos y obliga a los demás vehículos a invadir el carril contrario para esquivarte, con el consiguiente riesgo de colisión frontal.

 


Relación con otras normativas sobre la parada y el estacionamiento

 

Texto Refundido de la Ley de Tráfico

 

Reglamento General de Circulación

  • Artículo 92: colocación del vehículo en la parada y el estacionamiento
  • Artículo 91 sobre modo y forma de ejecución
  • Artículo 90. Zonas permitidas para la parda y el estacionamiento

 

Reglamento de Vehículos

Exige que el freno de estacionamiento esté operativo en inspecciones técnicas (ITV).

 

Reglamento de Conductores

La formación para el permiso B incluye maniobras de estacionamiento y control del vehículo en pendiente.

 

Artículo 94. Lugares prohibidos para parar y estacionar

 


Las infracciones más comunes al estacionar mal

 

El propio Artículo 94.3 del Reglamento nos dice que algunas de estas conductas no son una simple falta leve. Específicamente, parar en la mayoría de los lugares del apartado 1 (curvas, intersecciones, túneles, etc.), así como estacionar en carriles bus, pasos de peatones o zonas para personas con movilidad reducida, se considera una infracción grave.

Esto nos lleva alArtículo 76.d) del Texto Refundido de la Ley de Tráfico, que define como infracción grave “parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para personas con movilidad reducida, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones”.

¿Qué significa esto en la práctica? Una infracción grave por estacionar mal se sanciona con una multa de 200 euros, sin que normalmente suponga la pérdida de puntos del carné.

En el día a día, las infracciones más habituales relacionadas con este artículo son:

  1. Estacionar en doble fila: La prisa es la principal causa.
  2. Aparcar sobre la acera: Muy común en calles estrechas, pero extremadamente peligroso para los peatones.
  3. Ocupar zonas de carga y descarga: El clásico “es solo un momento” que causa grandes problemas a los profesionales.
  4. Estacionar en un paso de peatones: Una de las acciones más imprudentes y que más riesgo genera.

 


Una mirada más allá de nuestras fronteras

 

Las normas de estacionamiento varían, pero su espíritu de seguridad es universal.

  • En Alemania: Son muy estrictos con dejar un espacio libre de 3 metros en la calle para el paso de vehículos de emergencia.
  • En Japón: En muchas ciudades, para poder comprar un coche necesitas un certificado de que dispones de una plaza de aparcamiento privada. Esto evita el problema de la falta de aparcamiento en la calle.
  • En Reino Unido: Es ilegal estacionar en el sentido contrario al de la circulación durante la noche. Se considera peligroso porque los reflectores traseros del coche no serían visibles para el tráfico que se aproxima.

 


La curiosa anécdota del estacionamiento de juguete

 

La aplicación de las normas de tráfico a veces lleva a situaciones surrealistas. En 2017, un hombre en Gloucestershire (Reino Unido) recibió una “multa de aparcamiento” de una empresa de gestión de parkings colocada en el parabrisas del coche de juguete de su hija, un pequeño Corsa de plástico de color rosa. La niña lo había “aparcado” en una rampa mientras jugaban. Aunque la “multa” no tenía validez legal, la imagen se hizo viral, demostrando hasta qué punto las normas de estacionamiento están presentes en nuestra vida, ¡a veces de forma hilarante!

 

El caso de las autocaravanas en Grecia

En 2025, Grecia prohibió completamente el estacionamiento de autocaravanas fuera de zonas especialmente habilitadas mediante la Ley ΦΕΚ A’ 6/2025. Las sanciones pueden alcanzar 3.000 euros e incluso penas de prisión de hasta tres meses, representando la medida más restrictiva aplicada en Europa para este tipo de vehículos.

 

Bolardos en París: 335.000 obstáculos

París ha invertido 15 millones de euros desde 2001 para instalar aproximadamente 335.000 bolardos, evitando que los vehículos invadan vías peatonales y plazas públicas. Esta medida física complementa las regulaciones normativas con barreras materiales.

 

Austria: la tasa del semáforo

Austria cobra una tasa adicional de 36 euros cuando se solicita injustificadamente la intervención policial en accidentes que solo provocan daños materiales y pueden solucionarse de forma amistosa. Esta medida peculiar busca optimizar los recursos policiales.

 


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Normativa de tráfico  Reglamento General de Circulación Maniobras Inmovilizaciones

 

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