Luces de corto alcance o cruce, diccionario vial

por | Oct 19, 2023

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Luces de corto alcance o cruce


Luces de corto alcance o cruce. Diccionario vial para consultar conceptos sobre educación vial en las clases teóricas del carné de conducir

Luces de cruce o de corto alcance: características y uso. Diccionario vial para el teórico del carné

Luz de cruce o corto alcance

Luz de cruce o corto alcance

Su objetivo es iluminar la carretera delante del vehículo por la noche sin deslumbrar ni molestar a los conductores que se aproximan o a otros usuarios de la carretera.

Es obligatorio que las enciendan todos los vehículos a motor y ciclomotores que circulen por vías urbanas o interurbanas bien iluminadas entre la puesta y la salida del sol, o por túneles y otros tramos de vía en los que exista señal de túnel suficientemente iluminado a cualquier hora del día. Tanto los vehículos de motor como los ciclomotores deben llevarlas encendidos.

La iluminación de corto alcance o cruce también se utiliza cuando existen algunas de las siguientes condiciones:

  • Si la iluminación de largo alcance está averiada.
  • Cuando se conduzca a una velocidad no superior a 40 km/h y sin utilizar iluminación de largo alcance.
  • Si existe riesgo de deslumbrar a otros usuarios de la vía.

También se utilizará el alumbrado de corto alcance cuando se circule por cualquier tipo de vía y cuando la visibilidad sea sensiblemente inferior a la normal, como niebla, lluvia intensa, nevada, humo denso o polvo, o cualquier otra situación análoga.

Se encienden cuando comience a ponerse el sol y no podamos ver bien.

No es obligatorio, pero se recomienda conducir con las luces de cruce encendidas durante el día (si no se dispone de las luces diurnas), ya que los vehículos son más fáciles de ver. Por cierto, las luces diurnas no sustituyen a la luz de cruce.

 

Según la normativa vigente, existen tres situaciones más en las que la iluminación de corto alcance también debe ser obligatoria durante el día:

 

  • Carriles reversibles. Son carriles señalizados con doble flecha, separados por doble línea discontinua por ambos lados y complementados con semáforos cuadrados que indican siempre el sentido de la circulación correspondiente a cada carril.
  • Carriles adicionales circunstanciales. Son carriles añadidos por las condiciones del tráfico cuando la capacidad inicial de la vía es insuficiente. En tales casos, por ejemplo, una carretera de dos carriles se convierte temporalmente en una carretera de tres carriles utilizando los carriles.
  • Carril de sentido contrario al habitual. En este caso, la luz de cruce deberá encenderse no sólo para los vehículos que circulen por el carril especial, sino también para aquellos vehículos que circulen en sentido normal junto al carril en el que esté activado el sentido contrario.

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