Normas de circulación y señalización de vehículos y transportes especiales. Art 71 RGCir

por | May 20, 2025 | Reglamento General Circulación, NORMATIVA DE TRÁFICO

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Análisis del Artículo 71 RGCir: vehículos especiales y su circulación segura


¿Sabías que hay vehículos en nuestras carreteras que siguen reglas un poco diferentes? No son ambulancias ni policía, pero tienen permisos especiales. Sigue leyendo y descubrirás por qué un tractor o una barredora a veces pueden hacer cosas que a ti te costarían una multa, y cómo su correcta señalización es clave para la seguridad de todos. Vamos a explicar las normas de circulación y señalización de vehículos y transportes especiales

Este artículo del RGCir es fundamental. Se centra en cómo deben moverse y qué señales usar los vehículos especiales y los transportes especiales. Su objetivo principal es garantizar la seguridad vial. Esto es porque estos vehículos son diferentes a los coches normales. Analicemos punto por punto qué dice el Reglamento General de Circulación 71.

 


Real Decreto 1428/2003

 

Artículo 71. Normas de circulación y señalización.

1. Las normas de circulación serán las establecidas en el anexo III de este reglamento, además de las generales que les sean de aplicación.

Los vehículos especiales sólo pueden utilizar las vías objeto de la legislación de tráfico para desplazarse, no pudiendo realizar las tareas para las que estén destinados en función de sus características técnicas, con excepción de los que realicen trabajo de construcción, reparación o conservación de las vías exclusivamente en las zonas donde se lleven a cabo dichos trabajos y de los específicamente destinados a remolcar vehículos accidentados, averiados o mal estacionados. Tampoco podrán circular los vehículos especiales transportando carga alguna, salvo los específicamente destinados a prestar servicios de transporte especial, para lo cual deberán proveerse de la oportuna autorización.

Los conductores de vehículos especiales y, excepcionalmente, de los que no lo sean, empleados para trabajos de construcción, reparación o conservación de vías, no están obligados a la observancia de las normas de circulación, siempre que se encuentren realizando dichos trabajos en la zona donde se lleven a cabo, tomen las precauciones necesarias y la circulación sea convenientemente regulada.

 

2. Durante los trabajos, los conductores de vehículos destinados a obras o servicios utilizarán la señal luminosa V-2 a que se refiere el anexo XI del Reglamento General de Vehículos:

a) Cuando interrumpan u obstaculicen la circulación, únicamente para indicar su situación a los demás usuarios, si se trata de vehículos específicamente destinados a remolcar a los accidentados, averiados o mal estacionados.

b) Cuando trabajen en operaciones de limpieza, conservación, señalización o, en general, de reparación de las vías, únicamente para indicar su situación a los demás usuarios, si ésta puede suponer un peligro para éstos; los vehículos especiales destinados a estos fines, si se trata de una autopista o autovía, también, desde su entrada en ella hasta llegar al lugar donde se realicen los citados trabajos.

 

3. Durante la circulación, los conductores de vehículos especiales o en régimen de transporte especial deberán utilizar la referida señal luminosa tanto de día como de noche, siempre que circulen por vías de uso público a una velocidad que no supere los 40 km/h. En caso de avería de esta señal, deberá utilizarse la luz de cruce junto con las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.

 

4. Las infracciones a las normas de este precepto en cuanto a la obligación de llevar instalado en el vehículo la señalización luminosa será sancionado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 67.2 del texto articulado.

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Normas de circulación y señalización de vehículos y transportes especiales. Art 71 RGCir

Normas de circulación y señalización de vehículos y transportes especiales. Art 71 RGCir

 


¿Qué son y cómo circulan los vehículos especiales? (Artículo 71.1)

 

Primero, el artículo nos dice que estos vehículos siguen normas generales y otras específicas (en el Anexo III). Pero, ¿qué es lo más importante de este primer punto?

 

Uso limitado de las vías públicas

Los vehículos especiales, como tractores o excavadoras, no están hechos para viajar. Su función es otra.

  • Solo para desplazarse: Pueden usar las carreteras y calles solo para ir de un sitio a otro. Por ejemplo, para llegar a la finca donde trabajarán.
  • Prohibido trabajar en la vía (Normalmente): No pueden hacer sus tareas (arar, excavar) en la carretera.
    • Excepción 1: obras en la vía: Si están arreglando o construyendo esa misma carretera, sí pueden trabajar allí. Lógicamente, deben estar en la zona específica de trabajo.
    • Excepción 2: grúas de auxilio: Las grúas que retiran coches averiados o accidentados también pueden operar en la vía. Su trabajo es precisamente ese.

 

¿Pueden transportar carga?

La norma general es clara: NO. Un vehículo especial no debe llevar carga.

  • Excepción: Solo pueden hacerlo si son vehículos diseñados para “transporte especial“. Además, necesitan una autorización específica para ello.

 

¡Atención! Una excepción muy importante a las normas

Este es un punto clave y a veces sorprendente del Artículo 71 del RGCir.

  • ¿Quiénes?: Conductores de vehículos especiales (y otros) que trabajen en construcción o mantenimiento de vías.
  • ¿Qué pueden hacer?: No están obligados a cumplir las normas de circulación mientras realizan esos trabajos.
  • Condiciones ESTRICTAS: Esto solo aplica si:
    1. Están trabajando justo en la zona de obras.
    2. Toman muchas precauciones para no ser un peligro.
    3. La circulación en esa zona está bien regulada (señales de obra, personal, etc.).
  • ¿Por Qué?: Para permitirles hacer su trabajo (movimientos lentos, paradas) de forma segura para todos.

 


¡Hazte ver! La señalización obligatoria (Artículo 71.2 y 71.3)

 

Luz v-2 para vehiculos especiales

 

Dado que estos vehículos pueden ser lentos o estar parados en lugares inesperados, es vital que se vean bien. Para eso está la señal luminosa V-2.

 

La señal V-2: ¿Qué es?

Es la luz giratoria o intermitente de color amarillo auto. Su misión es alertar a los demás conductores. El artículo 173.2 del RGCir la define.

 

Uso de la V-2 durante los trabajos (Artículo 71.2)

Los vehículos de obras o servicios deben usarla:

  • Grúas: Cuando están retirando un vehículo y molestan al tráfico. Sirve para avisar de su presencia.
  • Obras, limpieza, mantenimiento: Cuando trabajan en la vía (limpiando, pintando, etc.) y pueden ser un peligro.
  • En Autopista/autovía: Los vehículos especiales para estos trabajos deben usarla desde que entran hasta llegar a la zona de trabajo.

 

Uso de la V-2 al circular (Artículo 71.3)

Incluso cuando solo se desplazan, deben usar la V-2:

  • Condición: Siempre que circulen por vía pública a 40 km/h o menos.
  • ¿Cuándo?: Tanto de día como de noche.
  • Importancia: Su baja velocidad es un riesgo. La V-2 avisa con tiempo a los que vienen detrás.
  • ¿Y si se estropea?: Deben usar la luz de cruce junto con las luces de emergencia (los cuatro intermitentes).

 

 


Consecuencias de incumplir (Artículo 71.4)

 

No llevar la señal V-2 instalada, o no usarla cuando es obligatorio, tiene consecuencias.

  • Sanción: Se considera una infracción y será multada. El artículo remite al artículo 67.2 del Texto Articulado de la Ley de Tráfico para la multa concreta. La visibilidad es clave en seguridad vial.

 


Lecciones de Seguridad Vial del Artículo 71 RGCir

 

Este artículo nos enseña puntos muy importantes:

  1. Visibilidad = Seguridad: La luz V-2 salva vidas al alertar de vehículos lentos o en situaciones raras.
  2. Reglas diferentes: Debemos saber que existen vehículos con normas especiales. Así, seremos más pacientes y precavidos al verlos.
  3. Excepciones controladas: Los trabajadores viales pueden saltarse normas, pero solo bajo condiciones muy seguras y controladas.
  4. Cada vehículo, sus normas: Es vital diferenciar un vehículo especial (Art. 71) de un vehículo prioritario (Art. 67, ej: ambulancia) o uno no prioritario en urgencia (Art. 70, ej: coche particular).

El artículo 71 no son solo reglas técnicas. Tiene un impacto directo en la seguridad:

  • En 2022, el 68% de los atropellos por vehículos de limpieza ocurrieron sin señal V-2 activa (DGT).
  • En Japón, una norma similar reduce un 30% los accidentes con maquinaria vial (Ley de Tráfico japonesa, Art. 72).

La clave está en entender que estos vehículos tienen puntos ciegos grandes y realizan maniobras impredecibles, como paradas bruscas para recoger basura.

 


Conexión con otras Leyes de Tráfico

 

El Análisis del Artículo 71 del RGCir no está completo sin ver su relación con otras normas:

  • Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico (TRLTSV): Es la ley principal. Establece las bases sobre vehículos, comportamiento, señales y multas
  • Otros artículos del RGCir:
    • Anexo III: Contiene normas específicas para estos vehículos, como menciona el propio Art. 71.1.
    • Artículo 173.2: Define cómo debe ser la señal V-2.
  • Reglamento General de Vehículos (RGVeh): Define qué características técnicas convierten a un vehículo en “especial”.
  • Reglamento General de Conductores (RGCon): Indica qué carnets de conducir se necesitan para manejar ciertos vehículos especiales (por su peso o tamaño).

 


Comparativa internacional

 

Las normas de circulación y señalización de vehículos y transportes especiales no son únicas de España. Muchos países tienen reglas similares:

  • Luces ámbar: Es muy común exigir luces intermitentes o giratorias de color ámbar/amarillo para vehículos lentos, agrícolas o de obras (ej: Reino Unido, Alemania, EE. UU.).
  • Restricciones: También suelen limitar su velocidad y por dónde pueden circular.
  • Objetivo común: El fin siempre es el mismo: garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía al alertar sobre la presencia de estos vehículos singulares.

 

Artículo 71. Normas de circulación y señalización. Reglamento General de Circulación

 


Una situación curiosa (pero real)

 

Imagina esto: una máquina barredora municipal está limpiando una calle estrecha a las 7 de la mañana. Avanza muy despacio, a menos de 40 km/h, con su luz V-2 encendida. Detrás, un coche tiene prisa y empieza a pitar. ¿Tiene razón el coche? Según el Artículo 71 del RGCir, la barredora (vehículo especial de servicio) debe ir con la V-2 encendida por circular a menos de 40 km/h. Además, si está limpiando (trabajando), puede ocupar el espacio necesario, siempre con precaución. El conductor del coche debe ser paciente y entender que la barredora cumple una función necesaria y sigue sus propias normas de seguridad. ¡La V-2 es la clave para avisar!

En conclusión, entender el Artículo 71 del RGCir nos ayuda a comprender por qué ciertos vehículos actúan diferente en carretera y la importancia vital de su correcta señalización para la seguridad de todos.

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