1.5- Poder garantizar la seguridad y la comodidad de los pasajeros.
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
Contenido:
- Calibración de los movimientos longitudinales y laterales,
- uso compartido de la carretera,
- colocación en la calzada,
- suavidad de frenado,
- trabajo del voladizo,
- utilización de infraestructuras específicas (espacios públicos, vías reservadas),
- gestión de conflictos entre una conducción segura y las demás funciones propias del conductor,
- interacción con los pasajeros,
- características especiales de determinados grupos de pasajeros (personas con discapacidad, niños)
Duración:
Duración: Quince horas, de las que dos serán de conducción efectiva por parte del alumno y el resto se impartirán en aula si bien hasta un máximo de cinco de ellas podrán serle impartidas al alumno a bordo de un autocar mientras otro alumno lo conduce.
Cuando se trate de un curso de formación acelerada, la duración será de siete horas y treinta minutos de las que una hora será de conducción efectiva por parte del alumno y el resto se impartirán en aula.