Artículo 34: Precauciones previas al adelantamiento
Precauciones previas al adelantamiento. Artículo 34 de la Ley de Tráfico Texto refundido Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial. Comentarios de Amando Baños
- Antes de iniciar un adelantamiento que requiera desplazamiento lateral, el conductor que se proponga adelantar debe: advertirlo con suficiente antelación, con las señales preceptivas (1785), y comprobar que en el carril que pretende utilizar para el adelantamiento, existe espacio libre suficiente para que la maniobra no ponga en peligro ni entorpezca a quienes circulen en sentido contrario, teniendo en cuenta la velocidad propia y la de los demás usuarios afectados. En caso contrario, deberá abstenerse de efectuarla.
- También deberá cerciorarse de que el conductor del vehículo que le precede en el mismo carril no ha indicado su propósito de iniciar el adelantamiento, en cuyo caso debe respetar la preferencia que le asiste. No obstante, si después de un tiempo prudencial, el conductor del citado vehículo no la ejerciera, podrá iniciar la maniobra de adelantamiento, advirtiéndole previamente con señal acústica u óptica.
- Asimismo, debe asegurarse de que no se ha iniciado la maniobra de adelantar a su vehículo por parte de ningún conductor que le siga por el mismo carril, y de que (1786) dispone de espacio suficiente para volver a su carril cuando termine el adelantamiento.
- No se considera adelantamiento a efectos de estas normas los realizados entre ciclistas que circulen en grupo.
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NORMATIVA RELACIONADA
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- REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN: TÍTULO II / CAP VII: Adelantamiento / Sección 2ª : Normas generales del adelantamiento
Comentarios
Texto cedido por Amando Baños, de traficoytransportes.com, maquetación e imágenes por Jose Luis Alvarez de tuteorica.com
1785 |
…advertirlo con suficiente antelación, con las señales preceptivas (1785)…
Son los indicadores de dirección (art. 109 RGCir), y además, en algunas ocasiones, se pueden utilizar ráfagas largas o cortas, o señales acústicas. (art. 109 y 110 RGCir). También el art. 5 del Reglamento General de Circulación alemán (StVO) aclara que si se utilizan ráfagas largas no se debe deslumbrar a los vehículos que se aproximan en el otro sentido. SUBIR
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1786 |
Asimismo, debe asegurarse de que no se ha iniciado la maniobra de adelantar a su vehículo por parte de ningún conductor que le siga por el mismo carril, y de que (1786)…
En este sentido, la redacción de la parte final del punto 3) quedaría mejor así: “… de que, este último, va a disponer de espacio suficiente para volver al carril por el que circulaba cuando termine el adelantamiento”. SUBIR
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